Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062605)
Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Reforma de Molino para Casa Rural", cuyo promotor es Antiqua Natura, SRL, en el término municipal de Villamiel. Expte.: IA21/1583.
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NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022
44356
modificaciones posteriores. También se estará a lo dispuesto en las órdenes anuales por
las que se declaran las épocas de peligro de incendios forestales del Plan Infoex.
— Se deberá disponer de medidas de autoprotección o autodefensa, en base a lo establecido
en el artículo 11. Medidas de Autoprotección o Autodefensa frente a incendios forestales
de la Orden de 9 de octubre de 2020 (DOE de 14 de octubre de 2020) por las que se
establecen las Medidas de Autodefensa que tienen como objeto la ejecución de medidas
preventivas sobre lugares vulnerables o susceptibles no sujetos a Memoria Técnica, sin
perjuicio de su normativa sectorial de aplicación.
— Debe reducirse o eliminarse la vegetación inflamable en el entorno de instalaciones,
equipamientos y edificaciones, con una distancia mínima de la vegetación a las
edificaciones de 3 metros (en suelo y vuelo), e igualmente para los paneles solares,
siendo muy importante el mantenimiento anual de dichas medidas de prevención,
y de disponer de rutas de evacuación alternativas al acceso principal u opciones de
confinamiento seguro.
— La vegetación que se introduzca en la parcela no serán especies de alta inflamabilidad,
como del género Cupressus y Pinus.
— Las zonas de aparcamiento deben estar en suelo mineral, con un perímetro de 3 metros
a cualquier vegetación.
— No obstaculizar los caminos y entradas.
— Se debe evitar que el mobiliario exterior sea de materiales inflamables.
— En ningún caso se procederá a la quema de vegetación, ya que esta práctica, además de
la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de erosión
y pérdida de fertilidad del suelo.
— No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto riesgo
de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales silvestres.
— Se respetará el arbolado autóctono existente en la parcela, así como la vegetación
arbórea y arbustiva de las lindes, con objeto de mantener un buen estado ecológico de
los hábitats presentes. En caso de necesitar la corta de algún ejemplar será necesario
contar con autorización previa del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
— Para el abastecimiento de agua de la actuación, se deberá solicitar ante la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo la concesión de aguas públicas, cuyo
otorgamiento estará supeditado a la disponibilidad del recurso.
Lunes 5 de septiembre de 2022
44356
modificaciones posteriores. También se estará a lo dispuesto en las órdenes anuales por
las que se declaran las épocas de peligro de incendios forestales del Plan Infoex.
— Se deberá disponer de medidas de autoprotección o autodefensa, en base a lo establecido
en el artículo 11. Medidas de Autoprotección o Autodefensa frente a incendios forestales
de la Orden de 9 de octubre de 2020 (DOE de 14 de octubre de 2020) por las que se
establecen las Medidas de Autodefensa que tienen como objeto la ejecución de medidas
preventivas sobre lugares vulnerables o susceptibles no sujetos a Memoria Técnica, sin
perjuicio de su normativa sectorial de aplicación.
— Debe reducirse o eliminarse la vegetación inflamable en el entorno de instalaciones,
equipamientos y edificaciones, con una distancia mínima de la vegetación a las
edificaciones de 3 metros (en suelo y vuelo), e igualmente para los paneles solares,
siendo muy importante el mantenimiento anual de dichas medidas de prevención,
y de disponer de rutas de evacuación alternativas al acceso principal u opciones de
confinamiento seguro.
— La vegetación que se introduzca en la parcela no serán especies de alta inflamabilidad,
como del género Cupressus y Pinus.
— Las zonas de aparcamiento deben estar en suelo mineral, con un perímetro de 3 metros
a cualquier vegetación.
— No obstaculizar los caminos y entradas.
— Se debe evitar que el mobiliario exterior sea de materiales inflamables.
— En ningún caso se procederá a la quema de vegetación, ya que esta práctica, además de
la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de erosión
y pérdida de fertilidad del suelo.
— No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto riesgo
de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales silvestres.
— Se respetará el arbolado autóctono existente en la parcela, así como la vegetación
arbórea y arbustiva de las lindes, con objeto de mantener un buen estado ecológico de
los hábitats presentes. En caso de necesitar la corta de algún ejemplar será necesario
contar con autorización previa del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
— Para el abastecimiento de agua de la actuación, se deberá solicitar ante la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo la concesión de aguas públicas, cuyo
otorgamiento estará supeditado a la disponibilidad del recurso.