Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2022050151)
Orden de 29 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022

44224

por infracción grave y/o muy grave en materia de formación profesional para el empleo, que
conlleve la sanción accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas, de acuerdo
con lo establecido en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
3. C
 on arreglo a lo previsto en el artículo 12.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la justificación por los solicitantes de no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para acceder
a la condición de beneficiario a que hacen mención los apartados anteriores, se realizará
mediante una declaración responsable dirigida al órgano concedente de las subvenciones y
que se incluirá en el modelo de solicitud.
4. A
 sí mismo, los interesados no podrán haber solicitado y/o recibido otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad.
Artículo 6. Solicitudes: modelos, documentación adjunta y plazo de presentación.
1. L
 as solicitudes de las subvenciones reguladas en la presente orden debidamente cumplimentadas y firmadas por la persona física o la persona que ostente la representación legal
de la entidad en el caso de personas jurídicas, se formalizarán en los modelos normalizados.
Los modelos oficiales de solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar del nuevo Portal
Juntaex.es (actualmente y por tiempo determinado) en https://beta.juntaex.es cuya dirección
en un futuro será http://www.juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/.
Las solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:


— Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en Portal Juntaex.es (actualmente y por tiempo determinado) en https://beta.juntaex.es cuya dirección en un futuro será http://www.juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/
junto con los modelos de documentos que deben acompañarse, a través del Registro
Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura



(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf )

dirigidas a SEXPE de la Secretaría General de Empleo de la Consejería de Educación
y Empleo, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.