Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2022050151)
Orden de 29 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022

44221

El citado decreto, permite que las empresas y entidades interesadas puedan elaborar y presentar proyectos empresariales en los que se describa la formación cualificada y especializada que
necesitan ofrecer a los trabajadores/as, ya sean desempleados u ocupados, y cuya impartición
resulta necesaria para el desarrollo de su proyecto empresarial. El tipo de formación y los contenidos formativos que ofrezcan se ha de ajustar a las demandas y necesidades concretas que
tienen dichas empresas, ya sea para el desarrollo y adecuación de su objeto empresarial o bien
para la puesta en marcha e implantación de nuevas empresas en la comunidad.
Dicha calificación de formación estratégica se configura como una premisa previa para que,
una vez obtenida la misma, los titulares de los proyectos empresariales que sean de especial
interés para la región por su impacto significativo en el empleo puedan acceder a la financiación de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el citado Decreto y de conformidad con
lo establecido en las presentes bases reguladoras de subvenciones.
El artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en la redacción dada por la Ley 8/2019, de 5
de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que las bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por orden de la persona
titular de la consejería correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos
vinculados, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General.
Mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuyendo a la Secretaría General de Empleo, que ejercerá la Dirección Gerencia del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo, el ejercicio de las funciones de formación para el empleo.
Al amparo de las citadas disposiciones legales y reglamentarias, la presente orden tiene por
objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas por un lado a financiar la impartición de la formación declarada como estratégica en los proyectos empresariales
de interés para el empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, ya que tal calificación acredita la
existencia de motivos de interés público, económico y social que no hace posible la aplicación
del régimen de concurrencia competitiva.
Por otro lado, es también objeto de la orden financiar la participación de los alumnos y alumnas interesadas mediante ayudas que cubran los posibles gastos, y alentando a la participación de las personas de otros colectivos mediante becas, y que dado su naturaleza, se irán
concediendo conforme se vayan solicitando por los alumnos, en la cuantía individualizada que
resulte de la aplicación de los criterios establecidos en la presente orden.
El capítulo I de la orden establece las disposiciones generales de la norma, como su objeto,
régimen jurídico, y tipología y financiación de las acciones formativas.