Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2022050151)
Orden de 29 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022
44237
En el caso de que el programa comprenda varias acciones formativas, dicho plazo se computará desde la fecha en que finalice la última de ellas.
2. A
fin de comprobar que la entidad beneficiaria ha realizado la actividad subvencionada de
acuerdo con el programa formativo calificado como estratégico en el plazo establecido en el
apartado anterior, la entidad beneficiaria deberá remitir al Servicio de Planificación, Asuntos Generales y Recursos Informáticos del Servicio Extremeño Público de Empleo, dentro
del plazo indicado, la siguiente documentación:
2.1. U
na memoria explicativa de la actividad realizada y otra económica, ambas debidamente selladas y firmadas en todas sus hojas por la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria, que deberán contener como mínimo la siguiente información:
a) Memoria explicativa sobre la acción o las acciones formativas que han sido impartidas, de acuerdo con el programa formativo declarado estratégico, con detalle de
cada una de dichas acciones, y una valoración sobre su ejecución, los resultados
obtenidos, y el número de alumnos formados.
b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que deberá incluir al menos, una relación clasificada de los gastos subvencionables en
que ha incurrido la entidad beneficiaria para la realización de la acción o acciones
formativas integrantes del Programa Formativo declarado estratégico.
Dichos gastos deberán representar, al menos, una cantidad igual a la subvención
abonada, y deberán permitir la identificación del acreedor y del documento, su
importe, fecha de emisión y fecha de pago.
En todo caso, deberá quedar acreditada la trazabilidad de los pagos, de tal forma
que se identifique claramente la correspondencia entre el documento de gasto y
el justificante de pago.
En la relación clasificada de gastos deberán indicarse las desviaciones acaecidas
sobre la cantidad estimada en el programa formativo que se presentó a los efectos de la calificación estratégica, o en el desglose de gastos presentado al tiempo
de la solicitud de la subvención.
2.2. A
demás de las dos memorias indicadas indicadas en el apartado anterior, la entidad
beneficiaria deberá aportar copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los
pagos realizados, teniendo en cuenta lo siguiente:
Lunes 5 de septiembre de 2022
44237
En el caso de que el programa comprenda varias acciones formativas, dicho plazo se computará desde la fecha en que finalice la última de ellas.
2. A
fin de comprobar que la entidad beneficiaria ha realizado la actividad subvencionada de
acuerdo con el programa formativo calificado como estratégico en el plazo establecido en el
apartado anterior, la entidad beneficiaria deberá remitir al Servicio de Planificación, Asuntos Generales y Recursos Informáticos del Servicio Extremeño Público de Empleo, dentro
del plazo indicado, la siguiente documentación:
2.1. U
na memoria explicativa de la actividad realizada y otra económica, ambas debidamente selladas y firmadas en todas sus hojas por la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria, que deberán contener como mínimo la siguiente información:
a) Memoria explicativa sobre la acción o las acciones formativas que han sido impartidas, de acuerdo con el programa formativo declarado estratégico, con detalle de
cada una de dichas acciones, y una valoración sobre su ejecución, los resultados
obtenidos, y el número de alumnos formados.
b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que deberá incluir al menos, una relación clasificada de los gastos subvencionables en
que ha incurrido la entidad beneficiaria para la realización de la acción o acciones
formativas integrantes del Programa Formativo declarado estratégico.
Dichos gastos deberán representar, al menos, una cantidad igual a la subvención
abonada, y deberán permitir la identificación del acreedor y del documento, su
importe, fecha de emisión y fecha de pago.
En todo caso, deberá quedar acreditada la trazabilidad de los pagos, de tal forma
que se identifique claramente la correspondencia entre el documento de gasto y
el justificante de pago.
En la relación clasificada de gastos deberán indicarse las desviaciones acaecidas
sobre la cantidad estimada en el programa formativo que se presentó a los efectos de la calificación estratégica, o en el desglose de gastos presentado al tiempo
de la solicitud de la subvención.
2.2. A
demás de las dos memorias indicadas indicadas en el apartado anterior, la entidad
beneficiaria deberá aportar copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los
pagos realizados, teniendo en cuenta lo siguiente: