Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062574)
Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales para el riego deficitario de olivar existente sobre 92,9448 Ha, en la finca Talantosa", cuyo promotor es Talantosas, SC, en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA22/0256.
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NÚMERO 169
Jueves 1 de septiembre de 2022
43993
Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de condiciones que se incluyen en el presente informe técnico.
5) L
a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, emite
informe con fecha 16 de junio de 2022, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio
público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía; a la existencia o
inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas
y respecto a la seguridad de presas/balsas, en el que hacen las siguientes indicaciones
en el ámbito de sus competencias:
— Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Por la zona de actuación existen
infraestructuras contempladas en el proyecto que afectarían a los cauces del río
Guadajira y un tributario del mismo, arroyo de Harnina y un tributario, y arroyo de
las Cruces, que constituyen el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio. Se establecen obligaciones de solicitud de autorizaciones previas para
aquellas obras que se realicen en el DPH y sus zonas de servidumbre o policía, así
como medidas y especificaciones para todas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales que interfieran con el
DPH, todas ellas incorporadas al presente informe técnico.
— Consumo de agua: Según los datos obrantes en ese organismo, el promotor del
proyecto solicitó, con fecha 23/12/2021, dos concesiones de aguas superficiales, las
cuales se tramitan con las siguientes referencias:
• CONC. 68/21 (6251/2021), para riego de 54,5097 ha de cultivo leñoso (olivar), en
las parcelas 2 (recinto 1, 2, 4 y 34) y 12 (recinto 3) del polígono 65 del término
municipal de Mérida (Badajoz), a partir de una toma en el arroyo Harnina. El volumen en tramitación des de 54.591,71 m3/año.
• CONC. 69/21 (6265/2021), para riego de 38,4351 ha de cultivo leñoso (olivar), en
la parcela 18 (recinto 1) del polígono 66 y parcela 5 (recintos 4 y 7) del polígono
65 del término municipal de Mérida (Badajoz), a partir de una toma en el río Guadajira. El volumen en tramitación des de 38.715,16 m3/año.
Incorpora, respecto al consumo de agua, medidas para controlar los volúmenes de
agua captados realmente, que han sido incorporadas al presente informe técnico.
— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.
Jueves 1 de septiembre de 2022
43993
Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de condiciones que se incluyen en el presente informe técnico.
5) L
a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, emite
informe con fecha 16 de junio de 2022, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio
público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía; a la existencia o
inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas
y respecto a la seguridad de presas/balsas, en el que hacen las siguientes indicaciones
en el ámbito de sus competencias:
— Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Por la zona de actuación existen
infraestructuras contempladas en el proyecto que afectarían a los cauces del río
Guadajira y un tributario del mismo, arroyo de Harnina y un tributario, y arroyo de
las Cruces, que constituyen el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio. Se establecen obligaciones de solicitud de autorizaciones previas para
aquellas obras que se realicen en el DPH y sus zonas de servidumbre o policía, así
como medidas y especificaciones para todas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales que interfieran con el
DPH, todas ellas incorporadas al presente informe técnico.
— Consumo de agua: Según los datos obrantes en ese organismo, el promotor del
proyecto solicitó, con fecha 23/12/2021, dos concesiones de aguas superficiales, las
cuales se tramitan con las siguientes referencias:
• CONC. 68/21 (6251/2021), para riego de 54,5097 ha de cultivo leñoso (olivar), en
las parcelas 2 (recinto 1, 2, 4 y 34) y 12 (recinto 3) del polígono 65 del término
municipal de Mérida (Badajoz), a partir de una toma en el arroyo Harnina. El volumen en tramitación des de 54.591,71 m3/año.
• CONC. 69/21 (6265/2021), para riego de 38,4351 ha de cultivo leñoso (olivar), en
la parcela 18 (recinto 1) del polígono 66 y parcela 5 (recintos 4 y 7) del polígono
65 del término municipal de Mérida (Badajoz), a partir de una toma en el río Guadajira. El volumen en tramitación des de 38.715,16 m3/año.
Incorpora, respecto al consumo de agua, medidas para controlar los volúmenes de
agua captados realmente, que han sido incorporadas al presente informe técnico.
— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.