Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062572)
Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una nave industrial destinada a centro logístico de almacenamiento de productos terminados de higiene de uso doméstico para distribución a comercio minorista, promovida por TREX, SL, en el término municipal de Guareña, (Badajoz).
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NÚMERO 168
Miércoles 31 de agosto de 2022

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4. Se podrán requerir medidas correctoras adicionales para evitar la generación de ruidos a
parcelas colindantes en caso de provocar molestias a las mismas.
- f - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Condiciones generales
1. L
 a presente autorización se concede con los límites y condiciones técnicas que se establecen a continuación. Cualquier modificación de lo establecido en estos límites y condiciones
deberá ser autorizada previamente.
2. A las instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones relativas
a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado
exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
Condiciones técnicas
Requerimientos luminotécnicos para instalaciones de alumbrado de zonas y viales anexos
a la actividad.
3. Con objeto de prevenir la dispersión de luz hacia el cielo nocturno, así como de preservar
las condiciones naturales de oscuridad en beneficio de los ecosistemas, en las instalaciones
de más de 1 kW de potencia instalada, se deberá cumplir lo siguiente:
a) El diseño de las luminarias será aquel que el flujo hemisférico superior instalado (FHSinst),
la iluminancia, la intensidad luminosa, la luminancia y el incremento del nivel de contraste
será inferior a los valores máximos permitidos en función de la zona en la que se ubique
la instalación conforme a lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria EA-03
Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta del Real Decreto 1890/2008, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias.
b) E
 l factor de mantenimiento y factor de utilización cumplirán los límites establecidos en la
ITC-EA-04, garantizándose el cumplimiento de los valores de eficiencia energética de la
ITCEA-01.
c) Las luminarias deberán estar dotadas con sistemas de regulación que permitan reducir el
flujo luminoso al 50% a determinada hora, manteniendo la uniformidad en la iluminación.
d) Del mismo modo deberán contar con detectores de presencia y con sistema de encendido y apagado a que se adapte a las necesidades de luminosidad.