Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cámaras Oficiales De Comercio, Industria Y Servicios. (2022050149)
Orden de 22 de agosto de 2022 por la que se aprueba el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres.
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NÚMERO 168
Miércoles 31 de agosto de 2022
43837
3. L
a falta de asistencia a las sesiones del Pleno de la Cámara producirá la pérdida de la
condición de miembro del mismo siempre que las mismas sean de forma injustificada
durante tres veces en el mismo año, sin perjuicio de que se le conceda trámite de audiencia
al interesado.
4. L
a falta de asistencia a las sesiones del Comité Ejecutivo de la Cámara producirá la pérdida
de la condición de miembro del mismo siempre que las mismas sean de forma injustificada
durante tres veces en el mismo año, sin perjuicio de que se le conceda trámite de audiencia
al interesado.
5. En cualquier caso, la citación deberá realizarse por escrito, siendo válida la comunicación
por correo electrónico.
Artículo 14.
1. L
os miembros del Pleno y del Comité Ejecutivo, en quienes se den algunas de las
circunstancias señaladas en el número siguiente de este artículo, se abstendrán de
intervenir en el procedimiento, discusión o toma de decisión del asunto de que se trate
informando a la Presidencia de la Cámara de tales motivos.
2. Son motivos de abstención los siguientes:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera
influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión
litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del
segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o
sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios
que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar
asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas
en el apartado anterior.
d) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que se
trate.
e) T
ener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el
asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier
tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
Miércoles 31 de agosto de 2022
43837
3. L
a falta de asistencia a las sesiones del Pleno de la Cámara producirá la pérdida de la
condición de miembro del mismo siempre que las mismas sean de forma injustificada
durante tres veces en el mismo año, sin perjuicio de que se le conceda trámite de audiencia
al interesado.
4. L
a falta de asistencia a las sesiones del Comité Ejecutivo de la Cámara producirá la pérdida
de la condición de miembro del mismo siempre que las mismas sean de forma injustificada
durante tres veces en el mismo año, sin perjuicio de que se le conceda trámite de audiencia
al interesado.
5. En cualquier caso, la citación deberá realizarse por escrito, siendo válida la comunicación
por correo electrónico.
Artículo 14.
1. L
os miembros del Pleno y del Comité Ejecutivo, en quienes se den algunas de las
circunstancias señaladas en el número siguiente de este artículo, se abstendrán de
intervenir en el procedimiento, discusión o toma de decisión del asunto de que se trate
informando a la Presidencia de la Cámara de tales motivos.
2. Son motivos de abstención los siguientes:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera
influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión
litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del
segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o
sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios
que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar
asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas
en el apartado anterior.
d) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que se
trate.
e) T
ener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el
asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier
tipo y en cualquier circunstancia o lugar.