Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cámaras Oficiales De Comercio, Industria Y Servicios. (2022050148)
Orden de 22 de agosto de 2022 por la que se aprueba el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 168
Miércoles 31 de agosto de 2022

43810

3. La Cámara podrá efectuar subvenciones o donaciones relacionadas con su naturaleza y
funciones, sin que puedan exceder globalmente del 5 por 100 del presupuesto de gastos
de la Cámara, salvo autorización expresa de la Administración tutelante.
CAPÍTULO II
Presupuestos, Gastos e Ingresos
Artículo 42. Generalidades.
1. La Cámara elaborará y someterá sus presupuestos ordinarios y extraordinarios de ingresos,
actividades, inversiones y gastos a la aprobación de la Consejería competente en materia
de comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que fiscalizará sus liquidaciones.
2. En todo caso, las liquidaciones deberán presentarse acompañadas de un informe de auditoría de cuentas anuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.8 de la Ley
3/2018, de 21 de febrero.
Artículo 43. Presupuesto ordinario.
1. La Cámara formalizará anualmente un Presupuesto ordinario de Ingresos y Gastos de los
Servicios y Obras que preste o administre, bien directamente o por gestión autónoma. Para
la formulación de este presupuesto, que en todo caso deberá ajustarse al Código de Comercio, la Cámara se atendrá a las normas y principios de contabilidad generalmente admitidos del Plan General de Contabilidad vigente en cada momento para las empresas españolas o el de ámbito sectorial que pudiera serle de aplicación, así como a las instrucciones
que pueda establecer la Administración tutelante con sujeción a los principios legalmente
establecidos en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera para las
administraciones públicas, manteniendo una situación de equilibrio presupuestarios.
2. El anteproyecto de Presupuesto ordinario de Ingresos y Gastos de la Corporación será
elaborado por los Servicios correspondientes a la Dirección General o al responsable de dichos servicios designado por el Pleno con arreglo a las instrucciones que reciba del Comité
Ejecutivo, una vez recogidas las previsiones de programas anuales de actuación y gestión
corporativa para el año próximo aprobadas por el Comité Ejecutivo.
3. Este anteproyecto será sometido por el responsable de dichos servicios designado por el
Pleno al Comité Ejecutivo con antelación suficiente para su examen y aprobación previa a
la del Pleno.
4. E
 l Comité Ejecutivo aprobará el anteproyecto de Presupuesto que quedará expuesto en la
Cámara, a través de la Dirección General, a disposición de los miembros de la corporación