Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cámaras Oficiales De Comercio, Industria Y Servicios. (2022050148)
Orden de 22 de agosto de 2022 por la que se aprueba el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz.
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NÚMERO 168
Miércoles 31 de agosto de 2022

43775

El compromiso que se adquirió por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura
fue el de incorporar al Pleno de la Cámara como grupo c), representantes de empresas y
personas de reconocido prestigio en la vida económica de Extremadura dentro de la circunscripción de cada Cámara, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y
territoriales más representativas.
En virtud del Acuerdo, se llevó a cabo la modificación de la Ley 3/2018, a través del Decreto-ley
5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas
urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020,
de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de
Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas
en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de
febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
Posteriormente, mediante la Ley 1/2022, de 8 de marzo, se ha modificado el apartado uno del
artículo 43 del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas
directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España; se establecen las
bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables;
se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención
para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a
autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del
Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria y Servicios de Extremadura, dando una nueva redacción al artículo 15.1 de la ley
3/2018, relativo a la composición del Pleno de las Cámaras de Comercio, conllevando una
modificación del número de vocalías.
La Ley 3/2018, de 21 de febrero, establecía en su capítulo II el régimen aplicable al proceso
electoral para la renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que colisionaba en algunos aspectos con
el Decreto 23/2002, de 11 de marzo, por el que se regula el régimen electoral para la renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, lo que requirió establecer en la propia ley un régimen transitorio aplicable
a los procesos electorales que se celebrasen hasta en tanto no se aprobase el reglamento de
desarrollo de la misma.
Una vez aprobada la modificación exigida y antes de la convocatoria de nuevas elecciones para
la renovación del Pleno de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura, se