Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062553)
Resolución de 15 de julio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Almacenamiento de fertilizantes líquidos", cuyo promotor es la Sociedad Cooperativa Limitada San Isidro de Miajadas, en el término municipal de Miajadas. Expte.: IA21/0276
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NÚMERO 167
Martes 30 de agosto de 2022

43713

Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE
n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las mismas, se paralizará
inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad, Agentes del Medio Natural, y/o técnicos del Servicio Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.
Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento
de Miajadas, las competencias en estas materias.
En todo caso, si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación de las aguas será
responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes
para la recuperación del medio.
Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
b. Medidas en fase de construcción.
Se deberá garantizar la estanquidad del cubeto de retención, realizando, en caso necesario, tratamiento impermeabilizante.
Los residuos generados durante la fase de construcción - adaptación se deberán separar adecuadamente y serán gestionados conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que
se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de
construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos generados durante la construcción de las instalaciones y se realizará la restauración ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras.