Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062544)
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LAMT de enlace, de 13,2 kV, entre la L-"Río Tajo" de la STR "Plasencia Ind." y la L-"Haza Concepción" de la STR "Pantano Gargüera" (para la supresión del actual tendido eléctrico que discurre por el Parque Nacional de Monfragüe)", a realizar en los términos municipales de Serradilla y Malpartida de Plasencia (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0964.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022



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16. En las labores de restauración, en ningún caso se realizarán préstamos de material
de zonas dentro del Parque Nacional, o de zonas en las que existan hábitats de interés comunitario.



17. Para la realización de las actuaciones, se permite el acceso de los trabajadores y
vehículos necesarios con masa máxima inferior a 12 toneladas a las zonas de los
trabajos. No obstante, para aquellos vehículos que sean necesarios y excedan las
12 toneladas de masa máxima, deberán solicitar acreditación de paso según lo
establecido en el apartado 4.o. Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional
de Monfragüe. Para ello, se presentará solicitud por escrito dirigida al Director del
Parque Nacional de Monfragüe en la que se incluya la siguiente información:



a) Denominación y CIF de la empresa solicitante.



b) Persona de contacto para sucesivos trámites y dirección postal para el envío de
la acreditación.



c) En el caso de que la empresa que solicite la acreditación de paso sea distinta del
titular de la autorización para realizar el desmantelamiento de la LAMT, se deberá
acompañar además documentación que acredite una vinculación entre ambas
empresas.



d) Finalidad de los trabajos para los que es necesario el acceso.



e) Identificación de los vehículos: tipo de vehículo, marca, modelo y matrícula.



f) Plazo para el que se solicita la acreditación (puede solicitarse hasta 31 de diciembre del año en curso).



18. Para las actuaciones a realizar en el arbolado (podas, cortas,…), se tendrá que dar
cumplimiento según corresponda, ante el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal conforme al Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la
realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias
Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.



19. Se deberá proceder a la eliminación de los restos vegetales generados, y así evitar
el riesgo de incendio que supondría el material vegetal una vez seco. Debido al
bajo volumen de restos vegetales que se prevé que se generen, se recomienda su
eliminación mediante astillado “in situ” para facilitar su incorporación al terreno. En
ningún caso se procederá a su quema dentro de los límites del Parque Nacional.