Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062544)
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LAMT de enlace, de 13,2 kV, entre la L-"Río Tajo" de la STR "Plasencia Ind." y la L-"Haza Concepción" de la STR "Pantano Gargüera" (para la supresión del actual tendido eléctrico que discurre por el Parque Nacional de Monfragüe)", a realizar en los términos municipales de Serradilla y Malpartida de Plasencia (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0964.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022



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5. Con carácter general, la actuación no podrá incidir negativamente en la conservación
de los recursos naturales y culturales, en otros trabajos de gestión o en el desarrollo
de otros usos o aprovechamientos permitidos o autorizados, pudiendo ser suspendida en el caso de detectarse afección negativa.



6. Las áreas de acopio de material desmontado, aparcamientos y estancia de maquinaria se ubicarán en las áreas en peor estado de conservación o previamente degradadas. Tras su uso, deberán ser limpiadas de cualquier tipo de residuo. No obstante,
en el proceso de elección de ubicación de estas áreas se consultará con los Agentes
del Medio Natural con la finalidad de establecer su idoneidad desde un punto de vista
medioambiental y, en su caso, buscar ubicaciones alternativas.



7. Todas las operaciones de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lubricación de maquinaria y equipos,
etc.), evitando cualquier pérdida o vertido accidental al medio. Se controlará igualmente la emisión de ruidos, gases y contaminantes de los vehículos y maquinaria
utilizados en el trabajo.



8. Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la zona,
teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las épocas de
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad
pertinentes y cualquier indicación que realicen los Agentes del Medio Natural. En este
sentido, los trabajos de desmontaje de la LAMT, se programarán fuera del período
comprendido entre el 1 de enero y el 15 de septiembre.



9. Se deberá proceder a la retirada de todos y cada uno de los apoyos y su cimentación, salvo casos excepcionales y tras valoración previa de la Dirección del Parque
Nacional. Teniendo en cuenta lo dispuesto en la condición técnica 3, los apoyos 5131,
5132, 5133, 5134, 5135, 5136, 5137 y 5138 deberán retirarse por otros medios para
los cuales no sea necesario la realización de accesos para el paso de la maquinaria. Una vez establecido por parte del solicitante el método de desmontaje de estos
apoyos y su retirada, deberá ponerse en conocimiento de la Dirección del Parque
Nacional, quien valorará el método propuesto y lo autorizará.



10. Se realizarán los mínimos movimientos de tierra posibles para la creación de los accesos y el desmontaje de los apoyos y se dispondrá de las medidas necesarias para
evitar procesos erosivos. Previamente al comienzo de las obras, se retirará la tierra
vegetal de las zonas a ocupar, para ser utilizada posteriormente en la restauración
y revegetación de las áreas alteradas.