Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062542)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la subestación eléctrica colectora de 400/132/30 kV, 150 MVA "Huerta Sevilla" y línea de alta tensión de 400 kV en los términos municipales de Fuente de Cantos y Segura de León (Badajoz). Expte: IA20/1341.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022

43363

— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, con fecha 14 de
septiembre de 2021 emite informe en el que concluye que el EsIA no reúne información
suficiente y medidas adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones
al Patrimonio Cultural por lo que se propone al órgano ambiental que no emita DIA
favorable hasta que el ESIA no refleje en sus contenidos las recomendaciones expuestas
en este informe.
El informe de la Dirección General recomienda que el equipo redactor del EsIA realice
las siguientes actuaciones que permitirán determinar la existencia de elementos de
Patrimonio Cultural:


• Consulta previa de los documentos e inventarios (Carta Arqueológica de Extremadura
e inventario de Bienes Etnográficos) en relación con las áreas de implantación del
proyecto disponibles previa solicitud en las dependencias del Servicio de Patrimonio
Cultural y Archivos Históricos.



• Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas por
este proyecto, con el fin de evaluar si existen posibles afecciones a yacimientos
arqueológicos o elementos etnográficos no detectados.

• 
Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico
preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con
copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función
del ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran
la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones
derivadas del proyecto de referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera
aproximación cronocultural de los restos localizados y se definirá la extensión máxima
del yacimiento en superficie.


• Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá por técnicos
del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos el preceptivo documento
de viabilidad arqueológica con indicación de los criterios técnicos y metodológicos
que deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad
propuesta. Estas propuestas serán reflejadas en el ESIA teniéndolas en cuenta para
la valoración de las alternativas planteadas, la caracterización y minimización de los
impactos y reflejadas en el PVA en cada una de sus fases (construcción, explotación
y desmantelamiento).