Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062542)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la subestación eléctrica colectora de 400/132/30 kV, 150 MVA "Huerta Sevilla" y línea de alta tensión de 400 kV en los términos municipales de Fuente de Cantos y Segura de León (Badajoz). Expte: IA20/1341.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022
43362
informes recibidos.
— El Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio con fecha 13 de agosto
de 2021 emite informe en el que pone de manifiesto que las parcelas donde se ubicará
el proyecto de la subestación eléctrica no es de aplicación la normativa expresada en
la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobada por Decreto de 12 de enero de 1973,
a efectos de Concentración Parcelaria, Zonas Regables Oficiales y Expropiaciones de
Interés Social, siendo así que este Servicio no se considera órgano gestor de intereses
públicos existentes en la zona.
— El Servicio de Infraestructura del Área de Fomento de la Diputación de Badajoz emite
con fecha 12 de agosto de 2021 informe en el que se comunica que la instalación no
afecta a la zona de influencia de carretera competente a esta Administración.
— La Sección de Vías Pecuarias, con fecha 13 de agosto de 2021 emite informe en que
indica que subestación colectora no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias existentes
en los términos municipales de Fuente de Cantos. Sin embargo, la línea de evacuación
eléctrica afecta a las vías pecuarias, “Cañada Real Leonesa” por cruce del apoyo 12 al
13 y “Vereda de la Plata” por cruce del apoyo 14 al 15 en el término municipal de Fuente
de Cantos, por cruzamiento de las mismas. Por todo lo expuesto, se deberá proceder
a solicitar la autorización para el cruzamiento de la línea de aérea de alta tensión del
citado terreno pecuario con anterioridad al inicio de la obra, y en cumplimiento de la
legislación vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto
49/2000 de 8 de marzo y Ley 6/2015 de 24 de marzo).
Por todo lo expuesto, se deberá proceder a solicitar la autorización para el cruzamiento
de la línea de aérea de alta tensión del citado terreno pecuario con anterioridad al inicio
de la obra, y en cumplimiento de la legislación vigente en materia de vías pecuarias
(Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto 49/2000 de 8 de marzo y Ley 6/2015 de 24 de
marzo).
— La Dirección General de Salud Pública emite con fecha 6 de septiembre de 2021, informe
favorable relativa al proyecto sin incluir ningún tipo de consideración al proyecto.
— Con fecha 9 de septiembre de 2021, el Servicio de Urbanismo perteneciente a la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación, se pronuncia sobre la calificación urbanística donde
expone los condicionantes urbanísticos, que la subestación eléctrica elevadora “Huerta
Sevilla” que debe cumplir en el tipo de suelo en que se ubica, que han sido tenidos en
cuenta en el apartado H, relativo a la calificación rústica.
Viernes 26 de agosto de 2022
43362
informes recibidos.
— El Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio con fecha 13 de agosto
de 2021 emite informe en el que pone de manifiesto que las parcelas donde se ubicará
el proyecto de la subestación eléctrica no es de aplicación la normativa expresada en
la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobada por Decreto de 12 de enero de 1973,
a efectos de Concentración Parcelaria, Zonas Regables Oficiales y Expropiaciones de
Interés Social, siendo así que este Servicio no se considera órgano gestor de intereses
públicos existentes en la zona.
— El Servicio de Infraestructura del Área de Fomento de la Diputación de Badajoz emite
con fecha 12 de agosto de 2021 informe en el que se comunica que la instalación no
afecta a la zona de influencia de carretera competente a esta Administración.
— La Sección de Vías Pecuarias, con fecha 13 de agosto de 2021 emite informe en que
indica que subestación colectora no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias existentes
en los términos municipales de Fuente de Cantos. Sin embargo, la línea de evacuación
eléctrica afecta a las vías pecuarias, “Cañada Real Leonesa” por cruce del apoyo 12 al
13 y “Vereda de la Plata” por cruce del apoyo 14 al 15 en el término municipal de Fuente
de Cantos, por cruzamiento de las mismas. Por todo lo expuesto, se deberá proceder
a solicitar la autorización para el cruzamiento de la línea de aérea de alta tensión del
citado terreno pecuario con anterioridad al inicio de la obra, y en cumplimiento de la
legislación vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto
49/2000 de 8 de marzo y Ley 6/2015 de 24 de marzo).
Por todo lo expuesto, se deberá proceder a solicitar la autorización para el cruzamiento
de la línea de aérea de alta tensión del citado terreno pecuario con anterioridad al inicio
de la obra, y en cumplimiento de la legislación vigente en materia de vías pecuarias
(Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto 49/2000 de 8 de marzo y Ley 6/2015 de 24 de
marzo).
— La Dirección General de Salud Pública emite con fecha 6 de septiembre de 2021, informe
favorable relativa al proyecto sin incluir ningún tipo de consideración al proyecto.
— Con fecha 9 de septiembre de 2021, el Servicio de Urbanismo perteneciente a la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación, se pronuncia sobre la calificación urbanística donde
expone los condicionantes urbanísticos, que la subestación eléctrica elevadora “Huerta
Sevilla” que debe cumplir en el tipo de suelo en que se ubica, que han sido tenidos en
cuenta en el apartado H, relativo a la calificación rústica.