Consejería De Educación Y Empleo. Permisos. (2022050147)
Orden de 19 de agosto de 2022 por la que se regula el régimen de permisos del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022

43260

Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
entendiéndose que la orden es el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Por otra parte, las medidas contenidas en la misma son adecuadas y proporcionadas a las
necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas
menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. A
su vez, como garantía del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa normativa se adopta
de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo
de certidumbre, que facilita su conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas afectadas. Responde al principio de transparencia con
los trámites de publicación en el Portal de la Transparencia y los informes requeridos a los
órganos consultivos de la Administración autonómica.
Respecto al principio de eficiencia, no se imponen más cargas que las estrictamente necesarias.
En su virtud, en atención a las facultades conferidas por la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la Ley
4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, previa negociación en la Mesa Sectorial de Personal Docente no universitario,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta orden tiene el objeto de regular los permisos del personal funcionario docente no universitario que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, al servicio de la Administración educativa de la Junta de Extremadura.
2. Al personal interino le será aplicado el régimen previsto en la presente orden con las particularidades derivadas de su singular relación.
3. En las referencias que, en esta orden, se hace al personal funcionario debe entenderse
incluido el personal laboral docente que imparte las enseñanzas referidas en el párrafo
anterior.