Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040165)
Decreto 110/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 164
Jueves 25 de agosto de 2022

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CAPÍTULO V
Ciclos formativos de grado básico.
Artículo 27. Organización de los Ciclos Formativos de Grado Básico.
1. L
 os equipos docentes podrán proponer a madres, padres o tutores legales y al propio
alumno o alumna, a través del consejo orientador, su incorporación a un Ciclo Formativo
de Grado Básico cuando el perfil académico y vocacional del alumno o de la alumna así lo
aconseje, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan cumplidos quince años, o los cumplan durante el año natural en curso.
b) Que hayan cursado el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso.
2. L
 a Consejería competente en materia de educación determinará la intervención del propio
alumnado, sus familias y los equipos o servicios de orientación en este proceso.
3. L
 os Ciclos Formativos de Grado Básico irán dirigidos preferentemente a quienes presenten
mayores posibilidades de aprendizaje y de alcanzar las competencias de Educación Secundaria Obligatoria en un entorno vinculado al mundo profesional, velando para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza, con el objetivo
de prepararlos para la continuación de su formación.
4. L
 os Ciclos Formativos de Grado Básico facilitarán la adquisición de las competencias establecidas en el Perfil de salida a través de enseñanzas organizadas en los tres ámbitos y
proyecto siguientes:
a) Ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales, que incluirá las siguientes materias: Lengua Castellana, Lengua Extranjera de Iniciación Profesional, Ciencias Sociales.
b) Ámbito de Ciencias Aplicadas, que incluirá las siguientes materias: Matemáticas Aplicadas, Ciencias Aplicadas.
c) Ámbito Profesional, que incluirá al menos la formación necesaria para obtener un certificado profesional de Grado C vinculado a estándares de competencia de nivel 1 del
Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
d) Proyecto anual de aprendizaje colaborativo vinculado a los tres ámbitos anteriores.
5. Estos ciclos podrán incluir, además, otros complementos de formación que contribuyan al
desarrollo de las competencias de la educación secundaria obligatoria.