Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040164)
Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 164
Jueves 25 de agosto de 2022
41422
IV del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el Real Decreto
243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas
del Bachillerato.
2. Este decreto será de aplicación en todos los centros docentes que impartan las enseñanzas
de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Definiciones.
A efectos de lo dispuesto en este decreto, se entenderá por:
a) Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y
cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave.
b) Competencias clave: desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo y afrontar los
principales retos y desafíos globales y locales. Son la adaptación al sistema educativo
español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la
Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente.
c) Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o situaciones cuyo abordaje requiera de los saberes básicos de cada materia.
Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, las competencias clave, y por otra, los saberes básicos de las materias y los criterios
de evaluación.
d) Conexiones entre competencias: relaciones relevantes entre las competencias específicas de cada materia, con las de otras materias y con las competencias clave, orientadas
a promover aprendizajes globalizados, contextualizados e interdisciplinares.
e) Saberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos
propios de una materia y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
f) Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en
el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
g) Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por
parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias
Jueves 25 de agosto de 2022
41422
IV del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el Real Decreto
243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas
del Bachillerato.
2. Este decreto será de aplicación en todos los centros docentes que impartan las enseñanzas
de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Definiciones.
A efectos de lo dispuesto en este decreto, se entenderá por:
a) Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y
cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave.
b) Competencias clave: desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo y afrontar los
principales retos y desafíos globales y locales. Son la adaptación al sistema educativo
español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la
Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente.
c) Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o situaciones cuyo abordaje requiera de los saberes básicos de cada materia.
Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, las competencias clave, y por otra, los saberes básicos de las materias y los criterios
de evaluación.
d) Conexiones entre competencias: relaciones relevantes entre las competencias específicas de cada materia, con las de otras materias y con las competencias clave, orientadas
a promover aprendizajes globalizados, contextualizados e interdisciplinares.
e) Saberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos
propios de una materia y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
f) Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en
el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
g) Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por
parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias