Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040164)
Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 164
Jueves 25 de agosto de 2022

41421

La asunción crítica de la autonomía personal de los alumnos debe culminar en la etapa de Bachillerato, que proporcionará al alumnado la formación, madurez, conocimientos y habilidades
que le permitan completar la construcción de su propia identidad y le faciliten la elaboración
de proyectos de vida personales y profesionales vinculados a valores democráticos y de igualdad de derechos en el marco de una sociedad en constante evolución.
El presente decreto se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
entendiéndose que es el decreto el instrumento más adecuado para garantizar su consecución. Por otra parte, las medidas contenidas en el mismo son adecuadas y proporcionadas a
las necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas
menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. A
su vez, como garantía del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa normativa se adopta
de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo
de certidumbre que facilita su conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones. Responde al principio de transparencia con los trámites de publicación en el Portal
de la Transparencia y los informes requeridos a los órganos consultivos de la Administración
autonómica.
Respecto al principio de eficiencia, no se imponen más cargas que las estrictamente necesarias.
En virtud de todo lo anterior, previo dictamen del Consejo Escolar de Extremadura n.º 11/2022,
de fecha 29 de junio de 2022, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo, de acuerdo
con la Comisión Jurídica de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
reunión de 22 de agosto de 2022,
DISPONGO:
CAPÍTULO I.
Principios generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El objeto del presente decreto es establecer la ordenación y el currículo para la etapa de
Bachillerato en Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y en el capítulo