Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062508)
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, para un estudio de costes de producción del tabaco y tomate de industria en Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se cultiva (Ref.:2235999FR002).
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NÚMERO 160
Viernes 19 de agosto de 2022
40620
Tercera. Aportación económica.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura se compromete a aportar a la Universidad de Extremadura la cantidad de once mil
seiscientos dieciséis euros (11.616,00 €), para sufragar los gastos que lleva implícita la realización del objeto del convenio, atendiendo a lo estipulado en el Anexo I y a la cláusula sexta.
La aportación económica será financiada con cargo al proyecto de gasto 20160171 “Renovación de poblaciones en las zonas rurales”. Aplicación Presupuestaria 120030000 G/314A/64100
FR14070602, y es elegible por Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural a través de la
PRIORIDAD 6. “Promover la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales”. Medida 7. “Servicios básicos y renovación de poblaciones en las
zonas rurales”. Submedida 7.8.1. “Renovación de poblaciones en las zonas rurales”, con una
tasa de cofinanciación del 80%.
Cuarta. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio se extenderá durante 3 meses desde la fecha de la firma
del último de sus firmantes.
El periodo máximo de la posible prórroga del mismo será de 3 meses y se deberá acordar
antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Dicha prórroga se establece según el artículo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y su autorización estará condicionada, en todo caso, a la existencia
de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio correspondiente.
Quinta. Seguimiento, vigilancia y control.
El seguimiento del convenio se realizará conjuntamente por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, que llevarán la codirección de los trabajos, colaborando mutuamente para la consecución de los mismos.
Para facilitar el control y seguimiento del desarrollo de este convenio, se constituirá a los 45
días siguientes a su firma una Comisión de Seguimiento, integrada por 2 representantes de
cada parte firmante.
La Comisión de Seguimiento será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los
trabajos derivados de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su
difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las
Viernes 19 de agosto de 2022
40620
Tercera. Aportación económica.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura se compromete a aportar a la Universidad de Extremadura la cantidad de once mil
seiscientos dieciséis euros (11.616,00 €), para sufragar los gastos que lleva implícita la realización del objeto del convenio, atendiendo a lo estipulado en el Anexo I y a la cláusula sexta.
La aportación económica será financiada con cargo al proyecto de gasto 20160171 “Renovación de poblaciones en las zonas rurales”. Aplicación Presupuestaria 120030000 G/314A/64100
FR14070602, y es elegible por Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural a través de la
PRIORIDAD 6. “Promover la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales”. Medida 7. “Servicios básicos y renovación de poblaciones en las
zonas rurales”. Submedida 7.8.1. “Renovación de poblaciones en las zonas rurales”, con una
tasa de cofinanciación del 80%.
Cuarta. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio se extenderá durante 3 meses desde la fecha de la firma
del último de sus firmantes.
El periodo máximo de la posible prórroga del mismo será de 3 meses y se deberá acordar
antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Dicha prórroga se establece según el artículo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y su autorización estará condicionada, en todo caso, a la existencia
de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio correspondiente.
Quinta. Seguimiento, vigilancia y control.
El seguimiento del convenio se realizará conjuntamente por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, que llevarán la codirección de los trabajos, colaborando mutuamente para la consecución de los mismos.
Para facilitar el control y seguimiento del desarrollo de este convenio, se constituirá a los 45
días siguientes a su firma una Comisión de Seguimiento, integrada por 2 representantes de
cada parte firmante.
La Comisión de Seguimiento será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los
trabajos derivados de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su
difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las