Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2022050136)
Orden de 28 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 152
Lunes 8 de agosto de 2022

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b) Línea de adecuación, reforma y adaptación de espacios: Orientada la rehabilitación y
mejora de instalaciones y espacios deportivos ya existentes.
c) Línea de nueva construcción: Destinada a proyectos de nueva construcción de instalaciones y espacios deportivos.
d) Línea de equipamientos deportivos: Destinada a la adquisición o reposición de equipamientos deportivos.
2. En cada convocatoria se determinarán las líneas de subvención para las que se convocan
las ayudas, pudiendo abrirse para las cuatro, para una o para varias.
Artículo 4. Entidades beneficiarias
1. P
 odrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta orden todos los municipios
y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la correspondiente
convocatoria.
2. L
 as entidades beneficiarias deberán poseer, en el momento de la presentación de la solicitud, el pleno dominio y/o la disponibilidad de los terrenos y/o instalaciones deportivas en
los que vaya a realizarse la actuación subvencionada. Asimismo, cuando la actuación implique la realización de una obra, el suelo deberá ser compatible con el uso urbanístico permitido por el instrumento de planeamiento urbanístico vigente y aplicable en la localidad.
Artículo 5. Gastos subvencionables.
1. S
 e considerarán gastos subvencionables los efectivamente realizados, pagados y justificados antes de la finalización de los plazos previstos en esta Orden, que resulten estrictamente necesarios y que de manera indubitada respondan a la naturaleza del objeto de la
subvención conforme al proyecto de las actuaciones, en el caso de obras, o al presupuesto
y características técnicas entregadas y aprobadas, en el caso de equipamientos deportivos:
2. Además, con respecto a las subvenciones que requieran una obra, sea por contratación administrativa o directamente por la Administración beneficiaria, los honorarios profesionales
correspondientes a la redacción del proyecto, dirección de obra y ejecución, la coordinación de
seguridad, los actos previos al proyecto como, en su caso, la realización de estudios geotécnicos o levantamientos topográficos, aunque se incorporen al mismo para su realización en
obra, serán subvencionables sólo hasta el 5 % del importe total de la ayuda concedida. Estos
honorarios profesionales no están sujetos a los gastos generales ni al beneficio industrial, por
tanto, no se pueden incluir en el presupuesto de ejecución material de la obra, sino que se
deberán incorporar al presupuesto en el presupuesto base de licitación antes del IVA.