Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061801)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) para financiar la estrategia integral en materia de I+D+i para el conocimiento, mejora y valorización del cultivo de tenca (Tinca tinca L.) en Extremadura, en el ámbito del desarrollo y fomento de la I+D+i en acuicultura, de la Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
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NÚMERO 121
29697
Viernes, 24 de junio de 2022
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información
y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de
Extremadura.
Del mismo modo deberán cumplirse con las indicaciones que sobre publicidad se contienen en
las instrucciones de justificación del anexo II del presente convenio.
Novena. Naturaleza jurídica y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 6
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trans
ponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23UE y 2014/24UE, de 26 de febrero de 2014, quedando fuera de su ámbito de aplica
ción, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley 3/2021, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2022 suscribiéndose de conformidad con el Título Preliminar, Capítulo VI de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las con
troversias que puedan surgir entre las partes a propósito de la interpretación, aplicación y
cumplimiento del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio digitalmente.
Por la Junta de Extremadura
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio.
(PA,) La Secretaria General.
(Resolución de 23/07/2019
DOE n.º 144 de 26/07/2019)
Por el Centro de Investigaciones
Científicas y Tecnológicas de
Extremadura (cicytex).
La Directora del Centro.
(Decreto 237/2015, de 31 de julio
DOE Extr. n.º 4 de 01/08/2015)
MARÍA CURIEL MUÑOZ
CARMEN GONZÁLEZ RAMOS
29697
Viernes, 24 de junio de 2022
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información
y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de
Extremadura.
Del mismo modo deberán cumplirse con las indicaciones que sobre publicidad se contienen en
las instrucciones de justificación del anexo II del presente convenio.
Novena. Naturaleza jurídica y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 6
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trans
ponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23UE y 2014/24UE, de 26 de febrero de 2014, quedando fuera de su ámbito de aplica
ción, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley 3/2021, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2022 suscribiéndose de conformidad con el Título Preliminar, Capítulo VI de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las con
troversias que puedan surgir entre las partes a propósito de la interpretación, aplicación y
cumplimiento del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio digitalmente.
Por la Junta de Extremadura
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio.
(PA,) La Secretaria General.
(Resolución de 23/07/2019
DOE n.º 144 de 26/07/2019)
Por el Centro de Investigaciones
Científicas y Tecnológicas de
Extremadura (cicytex).
La Directora del Centro.
(Decreto 237/2015, de 31 de julio
DOE Extr. n.º 4 de 01/08/2015)
MARÍA CURIEL MUÑOZ
CARMEN GONZÁLEZ RAMOS