Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061803)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Instituto Superior de Formación Profesional Claudio Galeno, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria.
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NÚMERO 121
Viernes, 24 de junio de 2022
29749
Quinta. Obligaciones y compromisos de las partes.
Tanto Claudio Galeno como la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, según corresponda, velarán por el cumplimiento de la legislación aplicable al
alumnado en materia de seguridad e higiene en el trabajo. Igualmente, las partes se comprometen a cumplir cualquier norma de derecho necesario, o de cumplimiento interno de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, que ahora o en
el futuro pudiera ser exigible.
I. En todo caso, Claudio Galeno se compromete a:
1. D
esignar una persona responsable para la tutoría académica, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el centro de formación, que colabore con la persona responsable del centro de prácticas en el cumplimiento de la programación de actividades
formativas.
2. E
laborar una relación del alumnado y de la persona designada para la tutoría, y un calendario de prácticas del curso ofertado junto con copia de los seguros de accidentes y
responsabilidad civil de los mismos y el recibo de prima al corriente de pago contratado
por el centro de formación.
3. I nformar al alumnado del contenido del presente convenio, requiriendo a estos el consentimiento respecto a las obligaciones contenidas en la cláusula sexta de este convenio.
4. I nformar a la tutoría del centro sanitario del proyecto formativo y de las condiciones de
su desarrollo.
5. F
acilitar a la persona encargada de la tutoría del centro sanitario el acceso al centro de
formación, para obtener la información y apoyo necesario para el cumplimiento de sus
fines.
6. C
laudio Galeno comunicará a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y al Servicio
Extremeño de Salud con una antelación de 1 mes al inicio de las prácticas objeto de
este acuerdo, el listado del alumnado que van a llevar a cabo las mismas conforme a lo
establecido en el punto segundo, así como los datos de la persona encarda de la tutoría
académica.
7. R
ealizar un seguimiento del alumnado durante su periodo de prácticas en el centro sanitario.
8. E
xpedir, al finalizar cada curso académico, a favor del personal de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Extremeño de Salud que haya participado en el
desarrollo de las prácticas docentes, una certificación con el número total de horas.
Viernes, 24 de junio de 2022
29749
Quinta. Obligaciones y compromisos de las partes.
Tanto Claudio Galeno como la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, según corresponda, velarán por el cumplimiento de la legislación aplicable al
alumnado en materia de seguridad e higiene en el trabajo. Igualmente, las partes se comprometen a cumplir cualquier norma de derecho necesario, o de cumplimiento interno de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, que ahora o en
el futuro pudiera ser exigible.
I. En todo caso, Claudio Galeno se compromete a:
1. D
esignar una persona responsable para la tutoría académica, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el centro de formación, que colabore con la persona responsable del centro de prácticas en el cumplimiento de la programación de actividades
formativas.
2. E
laborar una relación del alumnado y de la persona designada para la tutoría, y un calendario de prácticas del curso ofertado junto con copia de los seguros de accidentes y
responsabilidad civil de los mismos y el recibo de prima al corriente de pago contratado
por el centro de formación.
3. I nformar al alumnado del contenido del presente convenio, requiriendo a estos el consentimiento respecto a las obligaciones contenidas en la cláusula sexta de este convenio.
4. I nformar a la tutoría del centro sanitario del proyecto formativo y de las condiciones de
su desarrollo.
5. F
acilitar a la persona encargada de la tutoría del centro sanitario el acceso al centro de
formación, para obtener la información y apoyo necesario para el cumplimiento de sus
fines.
6. C
laudio Galeno comunicará a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y al Servicio
Extremeño de Salud con una antelación de 1 mes al inicio de las prácticas objeto de
este acuerdo, el listado del alumnado que van a llevar a cabo las mismas conforme a lo
establecido en el punto segundo, así como los datos de la persona encarda de la tutoría
académica.
7. R
ealizar un seguimiento del alumnado durante su periodo de prácticas en el centro sanitario.
8. E
xpedir, al finalizar cada curso académico, a favor del personal de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Extremeño de Salud que haya participado en el
desarrollo de las prácticas docentes, una certificación con el número total de horas.