Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061788)
Resolución de 30 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y Cooperativas Agro-Alimentarias Extremadura, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo, correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 22 de junio de 2022

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c) Participar en las actividades de formación organizadas por la Consejería de Educación y
Empleo.
d) Realizar las actividades de coordinación necesarias para el adecuado desarrollo del
proyecto.
e) E
 valuar a los y las estudiantes teniendo en cuenta, en su caso, las aportaciones del
personal de las cooperativas asociadas a Cooperativas Agro-Alimentarias Extremadura,
así como el de la propia Asociación, que manifiesten su voluntad de participar en los
proyectos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo, y el resultado de las actividades desarrolladas en sus instalaciones.
Undécima. Las personas designadas como responsables (coordinador o coordinadora, para
el desarrollo de programas de Formación Profesional Dual, o bien, tutor o tutora, para la
formación en centros de trabajo) de los centros educativos tendrán las siguientes funciones:
a) R
 ealizar el seguimiento y coordinación del equipo de docentes y formadores que integren
el proyecto, coordinando sus actividades y, en su caso, los departamentos implicados.
b) Velar por la correcta implantación del nuevo modelo metodológico, curricular y organizativo, coordinando el diseño y desarrollo de la programación didáctica y el programa
formativo.
c) Revisar y trasladar las programaciones didácticas y memorias finales.
d) Participar en tareas de formación.
e) C
 oordinar las reuniones mensuales de control en las que se hará seguimiento de cada
uno de los estudiantes.
f) Tutelar los procesos de evaluación de los distintos módulos profesionales, teniendo en
cuenta las aportaciones de los formadores de las cooperativas asociadas a Cooperativas
Agro-Alimentarias Extremadura, así como el de la propia Asociación, que manifiesten su
voluntad de participar en los proyectos de Formación Profesional Dual y la formación en
centros de trabajo, y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma.
Duodécima. El centro educativo informará a los estudiantes, con anterioridad a la matrícula
en el ciclo de acuerdo con el artículo 8.3 del Decreto 100/2014, entre otros, sobre los siguientes aspectos:
a. Las finalidades de la Formación Profesional Dual.