Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061984)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT, Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 118
Martes, 21 de junio de 2022
29210
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación podrán suscribir convenios sujetos al derecho
administrativo para la realización conjunta de actuaciones para la creación o financiación de
centros investigación e infraestructuras científicas.
Noveno. Que corresponde al Estado la competencia exclusiva de fomento y coordinación
general de la investigación científica y técnica, de acuerdo con el artículo 149.1.15ª de la
Constitución Española.
Décimo. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.1 del Real Decreto 404/2020, de 25
de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia
e Innovación, corresponde al MCIN la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la
investigación científica, así como del resto de competencias y atribuciones que le confiere el
ordenamiento jurídico.
Undécimo. Que el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
(en adelante, CIEMAT) es el organismo público de investigación, con el carácter de organismo
autónomo, que tiene por finalidad la promoción y desarrollo de actividades de investigación
básica, investigación aplicada, innovación y desarrollo tecnológicos, con especial atención al
ámbito energético y medioambiental, contribuyendo al desarrollo de procesos industriales
más eficientes, con las restricciones inherentes a la preservación de la salud humana y a la
conservación del medio ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Real
Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
Duodécimo. Que corresponde a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la
Junta de Extremadura, en virtud del artículo 10 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la
ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura, las competencias de optimizar la planificación y la gestión del fomento de la I+D+I, así como de la transferencia de conocimientos,
y se encuentran entre sus funciones ejercer como interlocutor en lo relativo a la I+D+I ante
las administraciones de cualquier rango; fomentar la I+D+I en el seno de la Junta de Extremadura , así como la coordinación con la Administración General del Estado en la creación y
desarrollo de Centros Tecnológicos y de Investigación, Programas del Plan Nacional de I+D+I,
y en cuantos instrumentos faciliten la cooperación y complementariedad entre las administraciones en materia de I+D+I, fomentando las sinergias y evitando duplicidades.
Décimo tercero. Que la fundación FUNDECYT - Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante, FUNDECYT-PCTEX) es una fundación del sector público promovida por la Junta
de Extremadura y por la Universidad de Extremadura, que tiene como objetivo fundamental la
vertebración del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, creando el espacio
y los servicios necesarios que faciliten el intercambio de conocimiento, ciencia y tecnología
Martes, 21 de junio de 2022
29210
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación podrán suscribir convenios sujetos al derecho
administrativo para la realización conjunta de actuaciones para la creación o financiación de
centros investigación e infraestructuras científicas.
Noveno. Que corresponde al Estado la competencia exclusiva de fomento y coordinación
general de la investigación científica y técnica, de acuerdo con el artículo 149.1.15ª de la
Constitución Española.
Décimo. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.1 del Real Decreto 404/2020, de 25
de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia
e Innovación, corresponde al MCIN la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la
investigación científica, así como del resto de competencias y atribuciones que le confiere el
ordenamiento jurídico.
Undécimo. Que el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
(en adelante, CIEMAT) es el organismo público de investigación, con el carácter de organismo
autónomo, que tiene por finalidad la promoción y desarrollo de actividades de investigación
básica, investigación aplicada, innovación y desarrollo tecnológicos, con especial atención al
ámbito energético y medioambiental, contribuyendo al desarrollo de procesos industriales
más eficientes, con las restricciones inherentes a la preservación de la salud humana y a la
conservación del medio ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Real
Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
Duodécimo. Que corresponde a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la
Junta de Extremadura, en virtud del artículo 10 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la
ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura, las competencias de optimizar la planificación y la gestión del fomento de la I+D+I, así como de la transferencia de conocimientos,
y se encuentran entre sus funciones ejercer como interlocutor en lo relativo a la I+D+I ante
las administraciones de cualquier rango; fomentar la I+D+I en el seno de la Junta de Extremadura , así como la coordinación con la Administración General del Estado en la creación y
desarrollo de Centros Tecnológicos y de Investigación, Programas del Plan Nacional de I+D+I,
y en cuantos instrumentos faciliten la cooperación y complementariedad entre las administraciones en materia de I+D+I, fomentando las sinergias y evitando duplicidades.
Décimo tercero. Que la fundación FUNDECYT - Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante, FUNDECYT-PCTEX) es una fundación del sector público promovida por la Junta
de Extremadura y por la Universidad de Extremadura, que tiene como objetivo fundamental la
vertebración del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, creando el espacio
y los servicios necesarios que faciliten el intercambio de conocimiento, ciencia y tecnología