Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061984)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT, Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 118
Martes, 21 de junio de 2022
29209
España y la República Portuguesa, hecho en Figueira da Foz el 8 de noviembre de 2003, se deben sentar los primeros objetivos que, en lo que concierne al Estado español, deben ser asumidos de cara a hacer factible la creación de un centro ibérico de I+D+I entre ambos países.
Este convenio, por tanto, supone el primero de los pasos que deben ser puestos en funcionamiento para dar lugar a la ulterior suscripción de los acuerdos internacionales que resulten
procedentes para la creación del Centro ibérico de I+D en materia de energía, que aunará
los esfuerzos conjuntos del Reino de España y de la República de Portugal en el ámbito del
desarrollo y cooperación científica, tecnológica e innovadora, con clara vocación internacional.
Mediante este convenio, además, se profundiza, dentro de España, en las relaciones entre el
Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura, lugar en el que se ubicará el centro internacional, dando cumplimiento así al hito 269 “Centro de I+D en almacenamiento de energía”
(Centro construido y equipado) del anexo de la Decisión de Implementación del Consejo por
la que se aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto. Que, a tal efecto, y con la finalidad de, por un lado, profundizar en las relaciones
internacionales en materia de I+D+I en la península ibérica entre el Reino de España y la República de Portugal, en el marco de la cooperación de la Unión Europea, una vez se produzca
la suscripción del presente convenio y se adopten los acuerdos que, en Derecho internacional,
correspondan, y por otro, para contribuir a resolver los retos tecnológicos y científicos que
permitan la gestión de las producciones de energía verde, el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante, MCIN) y la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta
de Extremadura promueven mediante este convenio las actuaciones precisas para dar lugar,
ulteriormente, a la creación del Centro ibérico de I+D que llevará a cabo investigaciones en
almacenamiento energético en Extremadura para el desarrollo de actividades de I+D+I que
aporten soluciones referentes tanto al despliegue de las tecnologías de almacenamiento de
energía basada en ion-litio como a las aplicaciones industriales del hidrógeno y a la producción, almacenamiento y transporte de la industria del hidrógeno a gran escala..
Séptimo. Que el futuro centro ibérico de I+D en almacenamiento de energía se dotará de
laboratorios que permitan desarrollar todo el ciclo del almacenamiento de la energía, desde
la química física de los materiales hasta su escalado y aplicación, pasando por el ensayo de
sistemas de almacenamiento conectados. Además, deberá contar con infraestructuras singulares que permitan ensayos de equipos de alta potencia, y de redes y micro redes para la realización de pilotos de gestión avanzada. Para su diseño y puesta en marcha, el centro ibérico
de I+D en almacenamiento de energía deberá asimismo contar con el concurso de expertos
en la materia y con el personal científico-técnico que resulte necesario.
Octavo. Que el artículo 34.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Martes, 21 de junio de 2022
29209
España y la República Portuguesa, hecho en Figueira da Foz el 8 de noviembre de 2003, se deben sentar los primeros objetivos que, en lo que concierne al Estado español, deben ser asumidos de cara a hacer factible la creación de un centro ibérico de I+D+I entre ambos países.
Este convenio, por tanto, supone el primero de los pasos que deben ser puestos en funcionamiento para dar lugar a la ulterior suscripción de los acuerdos internacionales que resulten
procedentes para la creación del Centro ibérico de I+D en materia de energía, que aunará
los esfuerzos conjuntos del Reino de España y de la República de Portugal en el ámbito del
desarrollo y cooperación científica, tecnológica e innovadora, con clara vocación internacional.
Mediante este convenio, además, se profundiza, dentro de España, en las relaciones entre el
Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura, lugar en el que se ubicará el centro internacional, dando cumplimiento así al hito 269 “Centro de I+D en almacenamiento de energía”
(Centro construido y equipado) del anexo de la Decisión de Implementación del Consejo por
la que se aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto. Que, a tal efecto, y con la finalidad de, por un lado, profundizar en las relaciones
internacionales en materia de I+D+I en la península ibérica entre el Reino de España y la República de Portugal, en el marco de la cooperación de la Unión Europea, una vez se produzca
la suscripción del presente convenio y se adopten los acuerdos que, en Derecho internacional,
correspondan, y por otro, para contribuir a resolver los retos tecnológicos y científicos que
permitan la gestión de las producciones de energía verde, el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante, MCIN) y la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta
de Extremadura promueven mediante este convenio las actuaciones precisas para dar lugar,
ulteriormente, a la creación del Centro ibérico de I+D que llevará a cabo investigaciones en
almacenamiento energético en Extremadura para el desarrollo de actividades de I+D+I que
aporten soluciones referentes tanto al despliegue de las tecnologías de almacenamiento de
energía basada en ion-litio como a las aplicaciones industriales del hidrógeno y a la producción, almacenamiento y transporte de la industria del hidrógeno a gran escala..
Séptimo. Que el futuro centro ibérico de I+D en almacenamiento de energía se dotará de
laboratorios que permitan desarrollar todo el ciclo del almacenamiento de la energía, desde
la química física de los materiales hasta su escalado y aplicación, pasando por el ensayo de
sistemas de almacenamiento conectados. Además, deberá contar con infraestructuras singulares que permitan ensayos de equipos de alta potencia, y de redes y micro redes para la realización de pilotos de gestión avanzada. Para su diseño y puesta en marcha, el centro ibérico
de I+D en almacenamiento de energía deberá asimismo contar con el concurso de expertos
en la materia y con el personal científico-técnico que resulte necesario.
Octavo. Que el artículo 34.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema