Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061984)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT, Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 118
Martes, 21 de junio de 2022

29215

h) F
 UNDECYT-PCTEX se hará cargo de la contratación del personal que resulte preciso para
la puesta en marcha del centro ibérico y el cumplimiento de las obligaciones previstas
en el presente convenio. Esta contratación se efectuará de conformidad con la normativa que le resulte de aplicación. Una vez constituido el centro ibérico de conformidad
con la cláusula primera, éste se subrogará en los derechos y obligaciones que rigen en
FUNDECYT-PCTEX con respecto a este personal.
i) FUNDECYT-PCTEX deberá remitir con la periodicidad, procedimiento y formato, y con referencia a las fechas contables que establezca la Autoridad Responsable del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, información sobre el seguimiento de la ejecución contable
de los gastos imputados a proyectos. La información se emitirá de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
j) FUNDECYT presentará anualmente al Ministerio de Ciencia e Innovación un informe con
los trámites efectuados y de los avances derivados del cumplimiento de las obligaciones
del convenio. Este informe se presentará durante el mes de junio de cada anualidad.
Además de esto, antes del 15 de diciembre de 2023 presentará al Ministerio, una memoria final de ejecución del proyecto de construcción y equipamiento del centro, acompañada de las certificaciones finales de las obras. Dicha memoria, junto a las certificaciones finales de las obras, servirán como acreditación del cumplimiento de los objetivos
de esta actuación, recogida en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del
Reino de España. Respecto de la financiación aportada por el MCIN, FUNDECYT-PCTEX
deberá reintegrar total o parcialmente los fondos recibidos en los siguientes casos:


i. De no realizarse las inversiones previstas, FUNDECYT-PCTEX deberá reintegrar los fondos recibidos no invertidos. En el supuesto de no lograr, en todo o en parte, los objetivos
previstos, o de no poder acreditar el logro de los objetivos por falta de fiabilidad de los
indicadores reportados, FUNDECYT-PCTEX deberá reintegrar los fondos recibidos cuando
el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos al Tesoro, por el importe del retorno no percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de FUNDECYT-PCTEX.



ii. Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo responsabilidad determinada en
cualquier control desarrollado por las autoridades nacionales competentes o comunitarias que impida el retorno de fondos al Tesoro, implicará el reintegro por FUNDECYT-PCTEX del importe del retorno no percibido en relación con las actuaciones
responsabilidad de FUNDECYT-PCTEX.



iii. De no utilizar FUNDECYT las cantidades recibidas para las actuaciones incluidas en este
convenio, deberá reintegrar los fondos al Estado por el importe indebidamente utilizado.



iv. No facilitar las funciones de seguimiento y control, establecidas en el apartado i) de
esta cláusula.