Consejería De Educación Y Empleo. Lista De Espera. Adjudicación De Destinos. (2022061894)
Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas integrantes de las listas de espera ordinarias de los cuerpos docentes no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, las personas participantes en el proceso selectivo convocado por Resolución de 15 de febrero de 2022, y personas pendientes de la realización de la fase de prácticas para el curso escolar 2022/2023.
60 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022
27350
1.5.3. A las personas participantes que concurran al proceso selectivo y de su actuación
en él derive el ingreso por primera vez en listas de espera ordinaria, les será de
aplicación el artículo 7.1 del Decreto 51/2019, siendo la zonificación escogida en
esta solicitud de la especialidad para la que ingrese en lista ordinaria la que se establecerá como zonificación inicial de la persona que ingresa en lista.
1.5.4. Para las personas que, realizando su solicitud en la presente petición de destinos
resulten seleccionadas en el proceso selectivo en alguna de las especialidades, no
se aplicará la zonificación que hayan establecido en la citada especialidad para la
adjudicación de destino en el que realizar la fase de prácticas.
Segundo. Solicitudes.
2.1. Forma.
2.1.1. Quienes estén obligados a participar en este procedimiento según el artículo 1.1 de
la presente resolución deberán presentar una única solicitud.
2.1.2. La solicitud de adjudicación de destino se realizará de la siguiente forma:
Las personas que participen en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud, de conformidad con el modelo que figura en el anexo I de la presente resolución,
siguiendo las instrucciones publicadas en el portal “profex.educarex.es”.
Las personas participantes deberán poseer credenciales (usuario y clave) de la plataforma educativa “Rayuela” para el acceso a la solicitud; es el mecanismo de identificación
de que dispone la Dirección General de Personal Docente para incluir en dicha solicitud
los datos de la persona interesada.
Las personas participantes que no pertenezcan a listas ordinarias y carezcan de credenciales de Rayuela, podrán realizar su petición aportando su DNI y una de las claves
web globales generadas al realizar su solicitud en el proceso selectivo publicado en la
Resolución de 15 de febrero de 2022 de la Dirección General de Personal Docente.
Una vez se haya accedido a la Plataforma se procederá a la cumplimentación de la solicitud según las instrucciones disponibles en dicha página.
Todas las solicitudes deberán ser cumplimentadas en la citada dirección de internet, no
siendo válidas aquellas que no lo sean por este medio. Si la persona interesada cumplimenta vía Internet varias solicitudes se tendrá en cuenta la última.
Una vez cumplimentada y obtenida de tal forma la solicitud, se dará por finalizada la
formulación de la misma y no se deberá presentar en ningún registro.
Viernes, 10 de junio de 2022
27350
1.5.3. A las personas participantes que concurran al proceso selectivo y de su actuación
en él derive el ingreso por primera vez en listas de espera ordinaria, les será de
aplicación el artículo 7.1 del Decreto 51/2019, siendo la zonificación escogida en
esta solicitud de la especialidad para la que ingrese en lista ordinaria la que se establecerá como zonificación inicial de la persona que ingresa en lista.
1.5.4. Para las personas que, realizando su solicitud en la presente petición de destinos
resulten seleccionadas en el proceso selectivo en alguna de las especialidades, no
se aplicará la zonificación que hayan establecido en la citada especialidad para la
adjudicación de destino en el que realizar la fase de prácticas.
Segundo. Solicitudes.
2.1. Forma.
2.1.1. Quienes estén obligados a participar en este procedimiento según el artículo 1.1 de
la presente resolución deberán presentar una única solicitud.
2.1.2. La solicitud de adjudicación de destino se realizará de la siguiente forma:
Las personas que participen en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud, de conformidad con el modelo que figura en el anexo I de la presente resolución,
siguiendo las instrucciones publicadas en el portal “profex.educarex.es”.
Las personas participantes deberán poseer credenciales (usuario y clave) de la plataforma educativa “Rayuela” para el acceso a la solicitud; es el mecanismo de identificación
de que dispone la Dirección General de Personal Docente para incluir en dicha solicitud
los datos de la persona interesada.
Las personas participantes que no pertenezcan a listas ordinarias y carezcan de credenciales de Rayuela, podrán realizar su petición aportando su DNI y una de las claves
web globales generadas al realizar su solicitud en el proceso selectivo publicado en la
Resolución de 15 de febrero de 2022 de la Dirección General de Personal Docente.
Una vez se haya accedido a la Plataforma se procederá a la cumplimentación de la solicitud según las instrucciones disponibles en dicha página.
Todas las solicitudes deberán ser cumplimentadas en la citada dirección de internet, no
siendo válidas aquellas que no lo sean por este medio. Si la persona interesada cumplimenta vía Internet varias solicitudes se tendrá en cuenta la última.
Una vez cumplimentada y obtenida de tal forma la solicitud, se dará por finalizada la
formulación de la misma y no se deberá presentar en ningún registro.