Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Policías Locales. (2022040103)
Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022

27265

procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas
por otras entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma
baremación que los demás referidos en este apartado.
1.4 Docencia. Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntación total a obtener. Únicamente se valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de
formación policial, así como docencia certificada por universidades públicas de la UE,
siempre que en este caso se trate de actividades formativas relacionadas con la labor
policial. También se valorará la docencia certificada por centros municipales, sindicales
o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente
reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a razón de 0,002 puntos por hora lectiva.
1.5 Condecoraciones. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a
obtener en esta fase. Únicamente se valorarán las condecoraciones otorgadas por el
Gobierno de España, las Comunidades Autónomas y órganos plenarios del resto de
Administraciones Públicas, así como otros Cuerpos Policiales Internacionales, siempre
que sean concedidas a título individual, conforme al siguiente baremo:


•M
 edalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.



•M
 edalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20 puntos.



•C
 ondecoraciones de otras Administraciones o Cuerpos Policiales 0,10 puntos.



•R
 econocimientos 0,05 puntos.

1.6 Agrupación / conciliación vida familiar y laboral. Representará hasta un máximo de
1,50 puntos de la puntación total a obtener conforme se indica a continuación:


• Por destino laboral previo debidamente acreditado del o de la cónyuge o pareja de
hecho inscrita legalmente en el municipio convocante, con una antigüedad de residencia en el Padrón Municipal mínima de 1 año en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias: 0,50 puntos. La persona divorciada o separada
legalmente o de hecho, cuando, existiendo descendiente/es menor/es de edad, el
convenio regulador de dicha situación establezca una custodia compartida o un régimen de visitas incompatible con la residencia en localidad distinta al Ayuntamiento convocante podrá obtener igualmente 0,50 puntos. En este último caso, al ser
determinante la existencia de descendiente/es menores de edad para la aplicación
de la puntuación, será compatible con la aplicación de la puntuación prevista en el
punto siguiente.