Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Policías Locales. (2022040103)
Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022
• Doctorado: 0
,4 puntos.
• Grado: 0,3 puntos.
• Técnico: 0,2 puntos.
• Master: 0
,1 puntos.
27258
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo
establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece
la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento
de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el
de mayor nivel académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más de un título del mismo nivel académico, excepto un Master, solo se valorará
uno de ellos. Tratándose de un Master, podrán valorarse todos los que se presenten y
adicionarse a la titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de
puntuación prevista en este apartado.
c) Formación continua. Representará hasta un máximo de 1,00 puntos de la puntación a
obtener en esta fase. Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial, así como titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE. También se valorará la formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran
sido previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación
policial. Se valorarán un máximo de 2.000 horas lectivas, a razón de 0,0005 puntos por
hora lectiva. Los cursos relativos exclusivamente a formación policial, que hubieran sido
impartidos por Ayuntamientos y organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor
del Decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras
entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma baremación
que los demás referidos en este apartado.
d) Docencia. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener en
esta fase. Únicamente se valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como docencia certificada por universidades públicas de la
UE, siempre que, en este caso, se trate de actividades formativas relacionadas con la
labor policial. También se valorará la docencia certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se
valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
Viernes, 10 de junio de 2022
• Doctorado: 0
,4 puntos.
• Grado: 0,3 puntos.
• Técnico: 0,2 puntos.
• Master: 0
,1 puntos.
27258
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo
establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece
la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento
de su calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el
de mayor nivel académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más de un título del mismo nivel académico, excepto un Master, solo se valorará
uno de ellos. Tratándose de un Master, podrán valorarse todos los que se presenten y
adicionarse a la titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de
puntuación prevista en este apartado.
c) Formación continua. Representará hasta un máximo de 1,00 puntos de la puntación a
obtener en esta fase. Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial, así como titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE. También se valorará la formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran
sido previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación
policial. Se valorarán un máximo de 2.000 horas lectivas, a razón de 0,0005 puntos por
hora lectiva. Los cursos relativos exclusivamente a formación policial, que hubieran sido
impartidos por Ayuntamientos y organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor
del Decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras
entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma baremación
que los demás referidos en este apartado.
d) Docencia. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener en
esta fase. Únicamente se valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como docencia certificada por universidades públicas de la
UE, siempre que, en este caso, se trate de actividades formativas relacionadas con la
labor policial. También se valorará la docencia certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se
valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.