Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040026)
Decreto 14/2022, de 18 de febrero, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Miércoles, 23 de febrero de 2022

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b) Historia de España.
c) Lengua Castellana y Literatura I y II.
d) Primera Lengua Extranjera I y II.
2. Además de las citadas en el apartado anterior, será necesario que este alumnado haya
superado las siguientes materias, en función de la modalidad del título que desee obtener:
— Modalidad de Ciencias: Matemáticas I y II.
— Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales:


• Para el itinerario de Humanidades, Latín I y II.



• Para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales
I y II.

— Modalidad de Artes: Fundamentos del Arte I y II.
3. También podrán obtener el título de Bachiller en la modalidad de Artes quienes hayan superado las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, las materias establecidas en
el apartado 1 de este artículo, y las correspondientes a la citada modalidad conforme al
apartado 2.
4. La nota que figurará en el título de Bachiller de este alumnado se deducirá de la siguiente
ponderación:
a) El 60% de la media de las calificaciones obtenidas en las materias cursadas en
Bachillerato.
b) El 40% de la nota media obtenida en las enseñanzas mediante las que se accede a la
obtención del título, calculada conforme a lo establecido en los respectivos reales decretos de ordenación de las mismas.
CAPÍTULO VI
Formación Profesional
Artículo 22. Evaluación y titulación.
1. La evaluación del aprendizaje del alumnado en los ciclos formativos se realizará por módulos profesionales, teniendo siempre en cuenta la globalidad del ciclo.