Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060434)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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a. Cuando lo haya
solicitado
el expedientado en el trámite de alegaciones con
NÚMERO
32
8025
proposición de medios
concretos
y expresión de los puntos de hecho
o
Miércoles, de
16 deprueba
febrero de
2022
extremos que pretenda acreditar, siempre que alguno de los propuestos sea
considerado pertinente por el Instructor, el cual podrá incluir la práctica de los medios
de prueba que estime convenientes.
a.
Cuando elloInstructor
haya solicitado
el expedientado
trámite de alegaciones
cony
b. Cuando
lo considere
necesario paraenel el
esclarecimiento
de los hechos
proposición
de
medios
de
prueba
concretos
y
expresión
de
los
puntos
de
hecho
determinación de los responsables, acordando en tal caso la práctica de todas laso
extremos
pretenda
acreditar, siempre que alguno de los propuestos sea
pruebas queque
estime
necesarias.
considerado pertinente por el Instructor, el cual podrá incluir la práctica de los medios
de prueba que estime convenientes.
2.- El Instructor motivará su decisión de no atender la solicitud de apertura de periodo
probatorio
o de
rechazolodeconsidere
los medios
de prueba
Sólo podrá
rechazar
b. Cuando el
Instructor
necesario
parapropuestos.
el esclarecimiento
de los
hechos la
y
práctica
de pruebas
cuando
sean improcedentes,
únicamente
lo serán
determinación
de lospropuestas
responsables,
acordando
en tal caso lay práctica
de todas
las
aquellas que
queestime
por sunecesarias.
relación con los hechos no puedan alterar la resolución final a
pruebas
favor del expedientado.
2.- El Instructor motivará su decisión de no atender la solicitud de apertura de periodo
probatorio
o dede
rechazo
de losque
medios
de prueba
propuestos.
Sólo entendiéndose
podrá rechazarpor
la
3.- La práctica
las pruebas
el Instructor
estime
pertinentes,
práctica
de
pruebas
propuestas
cuando
sean
improcedentes,
y
únicamente
lo
serán
tales aquellas distintas de la aportación de documentos, que puede efectuarse en
aquellas
por su de
relación
con los del
hechos
no puedan se
alterar
la resolución
final a
cualquierque
momento
la tramitación
procedimiento,
realizará
de conformidad
favor
del
expedientado.
con lo establecido en la legislación vigente. En dicho supuesto los costes devengados
serán asumidos de oficio.

3.pruebas
que eldel
Instructor
estime deban
pertinentes,
entendiéndose
por
4.- La
En práctica
los casosdeenlasque,
a petición
expedientado,
efectuarse
pruebas cuya
tales
aquellas
distintas
de
la
aportación
de
documentos,
que
puede
efectuarse
realización implique gastos, el Colegio podrán exigirle una provisión de fondos,ena
cualquier
de ladefinitiva
tramitación
se realizará
de conformidad
reserva demomento
la liquidación
unadel
vezprocedimiento,
practicada la prueba.
La liquidación
de los
con
lo se
establecido
en la legislación
vigente. En
supuesto
los costes
devengados
gastos
realizará uniendo
los comprobantes
quedicho
acrediten
la realidad
y cuantía
de los
serán
asumidos
de
oficio.
mismos.
4.casos en
que, a petición
expedientado,
deban efectuarse
pruebasalcuya
5.- En
Loslos
acuerdos
adoptados
por el del
Instructor
se notificarán
al expedientado,
que
realización
implique
gastos,
el
Colegio
podrán
exigirle
una
provisión
de
fondos,
también se comunicará la práctica de las pruebas que haya de efectuar el Instructor,a
reserva
de la liquidación
vez apracticada
la prueba.
liquidación
de los
con indicación
de lugar,definitiva
fecha yuna
hora,
fin de que
pueda La
intervenir
si así
lo
gastos
se
realizará
uniendo
los
comprobantes
que
acrediten
la
realidad
y
cuantía
de
los
considerara pertinente.
mismos.
6.- La valoración de las pruebas practicadas deberá incluirse en la Propuesta de
5.Los acuerdos adoptados por el Instructor se notificarán al expedientado, al que
Resolución.
también se comunicará la práctica de las pruebas que haya de efectuar el Instructor,
con indicación de lugar, fecha y hora, a fin de que pueda intervenir si así lo
considerara pertinente.
6.- La valoración de las pruebas practicadas deberá incluirse en la Propuesta de
Resolución.
Artículo 98. Propuesta de Resolución.
Finalizadas las actuaciones instructoras y concluida la prueba, si se hubiera
practicado, el Instructor en un plazo máximo de quince días hábiles formulará
Propuesta de Resolución en la que se fijarán de forma motivada los hechos
considerados probados y su calificación jurídica, se determinará la infracción o
Artículo
98. Propuesta
Resolución.
infracciones
que, en sudecaso,
constituyan y la persona o personas que resulten
responsables, especificándose la sanción o sanciones cuya imposición se propone y las
Finalizadas
las actuaciones
instructoras
y concluida
la prueba,
si propondrá
se hubierael
medidas provisionales
que se hubieran
adoptado,
en su caso,
o bien se
practicado,
Instructordeeninfracción
un plazoo de
máximo
de quince días hábiles formulará
archivo, por el
inexistencia
responsabilidad.
Propuesta de Resolución en la que se fijarán de forma motivada los hechos
considerados probados y su calificación jurídica, se determinará la infracción o
infracciones que, en su caso, constituyan y la persona o personas que resulten
responsables, especificándose la sanción o sanciones cuya imposición se propone y las
medidas provisionales que se hubieran adoptado, en su caso, o bien se propondrá el