Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060434)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022
TÍTULO V
RÉGIMEN ELECTORAL
8004
CAPÍTULO I
TÍTULO V
RÉGIMEN
ELECTORAL
Artículo 66. Condiciones para
ser elegible.
CAPÍTULO
I en el Ilustre Colegio Oficial de
1.- Para ser elegible es necesario estar
Colegiado
Médicos de la provincia de Badajoz, hallarse en el ejercicio de la profesión, salvo para
Artículo 66. Condiciones para ser elegible.
la vocalía de Médicos Jubilados, por su propia condición no estar incurso en alguna de
las Para
prohibiciones
o en
estatutaria
no haber
1.ser elegibleo es incapacidades
necesario estarlegales
Colegiado
el Ilustre yColegio
Oficialsido
de
disciplinariamente
sancionado
o,
de
haberlo
sido,
haber
obtenido
rehabilitación
Médicos de la provincia de Badajoz, hallarse en el ejercicio de la profesión, salvo para
posterior
términos
establecidos
estos Estatutos.
la
vocalíaen
delos
Médicos
Jubilados,
por suenpropia
condición no estar incurso en alguna de
Para
optar
a
los
cargos
de
la
Comisión
Permanente
preciso tener
las prohibiciones o incapacidades legales o será
estatutaria
y noal menos
haber cinco
sido
años
de
colegiación
en
el
Ilustre
Colegio
Oficial
de
Médicos
de
la
provincia
de
disciplinariamente sancionado o, de haberlo sido, haber obtenido rehabilitación
Badajoz
optar a alguna
de las en
Vocalías
será preciso llevar un mínimo de dos
posterior yenpara
los términos
establecidos
estos Estatutos.
años
de colegiación
en el
Oficial
de Médicos
Badajoz,
salvo
para optar
Para optar
a los cargos
de Colegio
la Comisión
Permanente
serádepreciso
tener
al menos
cincoa
la Vocalía
de Médicos
Formación,
no requiere
un tiempo
mínimo de
de
años
de colegiación
en elenIlustre
Colegioque
Oficial
de Médicos
de la provincia
colegiación.
Badajoz
y para optar a alguna de las Vocalías será preciso llevar un mínimo de dos
años de colegiación en el Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, salvo para optar a
2.- Vocalía
Será incompatible
el cargo
de Presidenteque
conno
cualquier
Estado, de
las
la
de Médicos
en Formación,
requierecargo
un electo
tiempodelmínimo
Comunidades
Autónomas,
o
las
Entidades
locales
y
con
ser
titular
de
un
órgano
colegiación.
superior o directivo en cualquier Administración Pública.
2.Serácandidatos
incompatible
el cargo
conlascualquier
cargo electo del Estado, las
3.- Los
deberán
estardealPresidente
corriente de
cargas colegiales.
Comunidades Autónomas, o las Entidades locales y con ser titular de un órgano
superior
o directivo
en cualquier
Administración
Pública.
4.- La Junta
Electoral
comprobará
que se cumplen
en cada uno de los candidatos
propuestos, para cualquiera de los cargos, las condiciones de elegibilidad indicadas en
3.- Los candidatos deberán estar al corriente de las cargas colegiales.
este artículo.
4.- La Junta Electoral comprobará que se cumplen en cada uno de los candidatos
Artículo
67.para
Forma
de elección.
propuestos,
cualquiera
de los cargos, las condiciones de elegibilidad indicadas en
este artículo.
Las candidaturas se harán en listas cerradas e integradas para optar a los cargos de
Presidente, Vicepresidentes, Secretario, Vicesecretario, Tesorero-Contador y a las
Artículo 67. Forma de elección.
distintas Vocalías Colegiales. Se elegirán por votación de todos los colegiados de la
provincia, mediante sufragio universal, libre, directo y secreto.
Las
candidaturas
se harán
en listas
e integradas
para optar
a losantes
cargos
Las Vocalías
Colegiales
deberán
estarcerradas
debidamente
constituidas
dos meses
de de
la
Presidente,
Vicepresidentes,
Secretario,
Vicesecretario,
Tesorero-Contador
y
a las
convocatoria de elecciones.
distintas Vocalías Colegiales. Se elegirán por votación de todos los colegiados de la
provincia,
mediante
sufragio universal,
libre, cuando
directo se
y secreto.
No se requerirá
la celebración
de elecciones
haya presentado y proclamado
Las
Vocalías
Colegiales
deberán
estar
debidamente
constituidas
dos meses antes de la
una única lista de candidatos.
convocatoria de elecciones.
No se requerirá la celebración de elecciones cuando se haya presentado y proclamado
una única lista de candidatos.
Artículo 68. Convocatoria de elecciones.
1.- La convocatoria de las elecciones a la Junta Directiva corresponderá al Pleno de
lamisma, que la hará con una antelación mínima de dos meses a su celebración y con
Artículo
Convocatoria de elecciones.
la debida 68.
publicidad.
1.- La convocatoria de las elecciones a la Junta Directiva corresponderá al Pleno de
Miércoles, 16 de febrero de 2022
TÍTULO V
RÉGIMEN ELECTORAL
8004
CAPÍTULO I
TÍTULO V
RÉGIMEN
ELECTORAL
Artículo 66. Condiciones para
ser elegible.
CAPÍTULO
I en el Ilustre Colegio Oficial de
1.- Para ser elegible es necesario estar
Colegiado
Médicos de la provincia de Badajoz, hallarse en el ejercicio de la profesión, salvo para
Artículo 66. Condiciones para ser elegible.
la vocalía de Médicos Jubilados, por su propia condición no estar incurso en alguna de
las Para
prohibiciones
o en
estatutaria
no haber
1.ser elegibleo es incapacidades
necesario estarlegales
Colegiado
el Ilustre yColegio
Oficialsido
de
disciplinariamente
sancionado
o,
de
haberlo
sido,
haber
obtenido
rehabilitación
Médicos de la provincia de Badajoz, hallarse en el ejercicio de la profesión, salvo para
posterior
términos
establecidos
estos Estatutos.
la
vocalíaen
delos
Médicos
Jubilados,
por suenpropia
condición no estar incurso en alguna de
Para
optar
a
los
cargos
de
la
Comisión
Permanente
preciso tener
las prohibiciones o incapacidades legales o será
estatutaria
y noal menos
haber cinco
sido
años
de
colegiación
en
el
Ilustre
Colegio
Oficial
de
Médicos
de
la
provincia
de
disciplinariamente sancionado o, de haberlo sido, haber obtenido rehabilitación
Badajoz
optar a alguna
de las en
Vocalías
será preciso llevar un mínimo de dos
posterior yenpara
los términos
establecidos
estos Estatutos.
años
de colegiación
en el
Oficial
de Médicos
Badajoz,
salvo
para optar
Para optar
a los cargos
de Colegio
la Comisión
Permanente
serádepreciso
tener
al menos
cincoa
la Vocalía
de Médicos
Formación,
no requiere
un tiempo
mínimo de
de
años
de colegiación
en elenIlustre
Colegioque
Oficial
de Médicos
de la provincia
colegiación.
Badajoz
y para optar a alguna de las Vocalías será preciso llevar un mínimo de dos
años de colegiación en el Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, salvo para optar a
2.- Vocalía
Será incompatible
el cargo
de Presidenteque
conno
cualquier
Estado, de
las
la
de Médicos
en Formación,
requierecargo
un electo
tiempodelmínimo
Comunidades
Autónomas,
o
las
Entidades
locales
y
con
ser
titular
de
un
órgano
colegiación.
superior o directivo en cualquier Administración Pública.
2.Serácandidatos
incompatible
el cargo
conlascualquier
cargo electo del Estado, las
3.- Los
deberán
estardealPresidente
corriente de
cargas colegiales.
Comunidades Autónomas, o las Entidades locales y con ser titular de un órgano
superior
o directivo
en cualquier
Administración
Pública.
4.- La Junta
Electoral
comprobará
que se cumplen
en cada uno de los candidatos
propuestos, para cualquiera de los cargos, las condiciones de elegibilidad indicadas en
3.- Los candidatos deberán estar al corriente de las cargas colegiales.
este artículo.
4.- La Junta Electoral comprobará que se cumplen en cada uno de los candidatos
Artículo
67.para
Forma
de elección.
propuestos,
cualquiera
de los cargos, las condiciones de elegibilidad indicadas en
este artículo.
Las candidaturas se harán en listas cerradas e integradas para optar a los cargos de
Presidente, Vicepresidentes, Secretario, Vicesecretario, Tesorero-Contador y a las
Artículo 67. Forma de elección.
distintas Vocalías Colegiales. Se elegirán por votación de todos los colegiados de la
provincia, mediante sufragio universal, libre, directo y secreto.
Las
candidaturas
se harán
en listas
e integradas
para optar
a losantes
cargos
Las Vocalías
Colegiales
deberán
estarcerradas
debidamente
constituidas
dos meses
de de
la
Presidente,
Vicepresidentes,
Secretario,
Vicesecretario,
Tesorero-Contador
y
a las
convocatoria de elecciones.
distintas Vocalías Colegiales. Se elegirán por votación de todos los colegiados de la
provincia,
mediante
sufragio universal,
libre, cuando
directo se
y secreto.
No se requerirá
la celebración
de elecciones
haya presentado y proclamado
Las
Vocalías
Colegiales
deberán
estar
debidamente
constituidas
dos meses antes de la
una única lista de candidatos.
convocatoria de elecciones.
No se requerirá la celebración de elecciones cuando se haya presentado y proclamado
una única lista de candidatos.
Artículo 68. Convocatoria de elecciones.
1.- La convocatoria de las elecciones a la Junta Directiva corresponderá al Pleno de
lamisma, que la hará con una antelación mínima de dos meses a su celebración y con
Artículo
Convocatoria de elecciones.
la debida 68.
publicidad.
1.- La convocatoria de las elecciones a la Junta Directiva corresponderá al Pleno de