Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060434)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022
7998
3. Colegiado de Honor, aquella o aquellas personas o Instituciones que hayan
realizado una labor relevante y meritoria para la profesión médica. Esta categoría será
puramente
honorífica
y acordada
Junta Directiva.
3. Colegiado
de Honor,
aquellaporo laaquellas
personas o Instituciones que hayan
realizado una labor relevante y meritoria para la profesión médica. Esta categoría será
Artículo
Concesión.
puramente52.
honorífica
y acordada por la Junta Directiva.
1.La propuesta
de concesión de la Medalla de Oro del Colegio de Médicos de la
Artículo
52. Concesión.
provincia de Badajoz podrán realizarla la Junta Directiva o los colegiados cuyo
número
representedeal concesión
menos un 20%
la colegiación.
1.La propuesta
de ladeMedalla
de Oro del Colegio de Médicos de la
provincia de Badajoz podrán realizarla la Junta Directiva o los colegiados cuyo
2.La propuesta
de la de
Medalla
al Mérito Colegial podrán realizarla la
número
representedealconcesión
menos un 20%
la colegiación.
Junta Directiva o colegiados cuyo número represente al menos un 20% de la
colegiación.
2.La propuesta de concesión de la Medalla al Mérito Colegial podrán realizarla la
Junta Directiva o colegiados cuyo número represente al menos un 20% de la
3.La propuesta de concesión de la distinción como Colegiado de Honor podrá
colegiación.
realizarla la Junta Directiva.
3.- La propuesta de concesión de la distinción como Colegiado de Honor podrá
4.- Una vez
acordada
la propuesta, el Pleno de la Junta Directiva la elevará a la
realizarla
la Junta
Directiva.
Asamblea General para su debate y aprobación si procede.
4.- Una vez acordada la propuesta, el Pleno de la Junta Directiva la elevará a la
Artículo 53.
Otorgamiento.
Asamblea
General
para su debate y aprobación si procede.
A
la concesión
de tales distinciones se le dará la pertinente publicidad y solemnidad,
Artículo
53. Otorgamiento.
imponiéndolas el Presidente del Colegio en acto público.
A la concesión de tales distinciones se le dará la pertinente publicidad y solemnidad,
Artículo 54. Otras
distinciones.
imponiéndolas
el Presidente
del Colegio en acto público.
A
propuesta
de la distinciones.
Junta Directiva, la Asamblea General podrá establecer otras
Artículo
54. Otras
distinciones diferentes de las reguladas, sin que ello suponga modificación de los
presentes
Estatutos.
Estas Directiva,
distincioneslaestarán
dirigidas
directamente
a premiar
el
A
propuesta
de la Junta
Asamblea
General
podrá establecer
otras
prestigio, la dedicación
general
la actividad
de ello
los profesionales
colegiados.de los
distinciones
diferentes ydeenlas
reguladas,
sin que
suponga modificación
presentes Estatutos. Estas distinciones estarán dirigidas directamente a premiar el
Artículo
Libro de registro
de distinciones
prestigio, 55.
la dedicación
y en general
la actividadydehonores.
los profesionales colegiados.
La
concesión
de cualquier
distinción
u honor seyregistrará
Artículo
55. Libro
de registro
de distinciones
honores. en el Libro habilitado para
ello.
La concesión de cualquier distinción u honor se registrará en el Libro habilitado para
En
ello.el expediente personal de cada colegiado se hará anotación de cualquier distinción
que reciba a título personal por la Asamblea General, Junta Directiva o Presidencia
del
Colegio,
siempre
que así
manifieste
porseelhará
órgano
que lo realice.
En el
expediente
personal
dese
cada
colegiado
anotación
de cualquier distinción
que reciba a título personal por la Asamblea General, Junta Directiva o Presidencia
del Colegio, siempre que así se manifieste por el órgano que lo realice.
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Miércoles, 16 de febrero de 2022
7998
3. Colegiado de Honor, aquella o aquellas personas o Instituciones que hayan
realizado una labor relevante y meritoria para la profesión médica. Esta categoría será
puramente
honorífica
y acordada
Junta Directiva.
3. Colegiado
de Honor,
aquellaporo laaquellas
personas o Instituciones que hayan
realizado una labor relevante y meritoria para la profesión médica. Esta categoría será
Artículo
Concesión.
puramente52.
honorífica
y acordada por la Junta Directiva.
1.La propuesta
de concesión de la Medalla de Oro del Colegio de Médicos de la
Artículo
52. Concesión.
provincia de Badajoz podrán realizarla la Junta Directiva o los colegiados cuyo
número
representedeal concesión
menos un 20%
la colegiación.
1.La propuesta
de ladeMedalla
de Oro del Colegio de Médicos de la
provincia de Badajoz podrán realizarla la Junta Directiva o los colegiados cuyo
2.La propuesta
de la de
Medalla
al Mérito Colegial podrán realizarla la
número
representedealconcesión
menos un 20%
la colegiación.
Junta Directiva o colegiados cuyo número represente al menos un 20% de la
colegiación.
2.La propuesta de concesión de la Medalla al Mérito Colegial podrán realizarla la
Junta Directiva o colegiados cuyo número represente al menos un 20% de la
3.La propuesta de concesión de la distinción como Colegiado de Honor podrá
colegiación.
realizarla la Junta Directiva.
3.- La propuesta de concesión de la distinción como Colegiado de Honor podrá
4.- Una vez
acordada
la propuesta, el Pleno de la Junta Directiva la elevará a la
realizarla
la Junta
Directiva.
Asamblea General para su debate y aprobación si procede.
4.- Una vez acordada la propuesta, el Pleno de la Junta Directiva la elevará a la
Artículo 53.
Otorgamiento.
Asamblea
General
para su debate y aprobación si procede.
A
la concesión
de tales distinciones se le dará la pertinente publicidad y solemnidad,
Artículo
53. Otorgamiento.
imponiéndolas el Presidente del Colegio en acto público.
A la concesión de tales distinciones se le dará la pertinente publicidad y solemnidad,
Artículo 54. Otras
distinciones.
imponiéndolas
el Presidente
del Colegio en acto público.
A
propuesta
de la distinciones.
Junta Directiva, la Asamblea General podrá establecer otras
Artículo
54. Otras
distinciones diferentes de las reguladas, sin que ello suponga modificación de los
presentes
Estatutos.
Estas Directiva,
distincioneslaestarán
dirigidas
directamente
a premiar
el
A
propuesta
de la Junta
Asamblea
General
podrá establecer
otras
prestigio, la dedicación
general
la actividad
de ello
los profesionales
colegiados.de los
distinciones
diferentes ydeenlas
reguladas,
sin que
suponga modificación
presentes Estatutos. Estas distinciones estarán dirigidas directamente a premiar el
Artículo
Libro de registro
de distinciones
prestigio, 55.
la dedicación
y en general
la actividadydehonores.
los profesionales colegiados.
La
concesión
de cualquier
distinción
u honor seyregistrará
Artículo
55. Libro
de registro
de distinciones
honores. en el Libro habilitado para
ello.
La concesión de cualquier distinción u honor se registrará en el Libro habilitado para
En
ello.el expediente personal de cada colegiado se hará anotación de cualquier distinción
que reciba a título personal por la Asamblea General, Junta Directiva o Presidencia
del
Colegio,
siempre
que así
manifieste
porseelhará
órgano
que lo realice.
En el
expediente
personal
dese
cada
colegiado
anotación
de cualquier distinción
que reciba a título personal por la Asamblea General, Junta Directiva o Presidencia
del Colegio, siempre que así se manifieste por el órgano que lo realice.
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