Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060434)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022
7997
f. Información sobre el modo en que las actividades realizadas, en cumplimiento de
las funciones que tienen legalmente encomendadas, redundan en el interés público
conforme a su naturaleza de corporaciones de derecho público.
g. El Código de Deontología Médica, así como los cambios y actualizaciones del
mismo.
2.- La memoria anual deberá hacerse pública a través de la página web en el primer
semestre de cada año y deberá respetar la normativa vigente sobre protección de datos
de carácter personal.
3.- En la memoria anual, así como en los informes, estudios, estadísticas, encuestas o
recogidas de datos que realice el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de
Badajoz, cuando sea posible, deben desagregar por sexos los datos estadísticos y
evaluar el impacto de género de las actuaciones.
CAPÍTULO III
RÉGIMEN DE DISTINCIONES Y HONORES
Artículo 50. Competencia.
El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz, a propuesta de la
Junta Directiva o de sus colegiados, podrá otorgar, previo expediente al efecto,
distinciones y honores de distinta categoría con arreglo a los merecimientos
alcanzados en el orden académico o universitario, económico, social o en el orden
corporativo y profesional, a aquellas Entidades, Instituciones, Asociaciones,
Fundaciones o Corporaciones o Personas que se hicieran acreedoras a los mismos, por
haber realizado una labor relevante y meritoria en relación con la profesión médica.
Artículo 51. Distinciones y Honores.
Se establecen las siguientes categorías:
1. Medalla de Oro del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz,
máximo galardón colegial, sirve para distinguir a aquellas Personas, Instituciones o
Entidades que tengan una especial relevancia en los ámbitos cultural, social o
profesional.
2. Medalla al Mérito Colegial, se otorgará a las personas que hayan desarrollado una
relevante y meritoria labor a favor del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de
Badajoz y un ejercicio profesional ejemplar.
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Miércoles, 16 de febrero de 2022
7997
f. Información sobre el modo en que las actividades realizadas, en cumplimiento de
las funciones que tienen legalmente encomendadas, redundan en el interés público
conforme a su naturaleza de corporaciones de derecho público.
g. El Código de Deontología Médica, así como los cambios y actualizaciones del
mismo.
2.- La memoria anual deberá hacerse pública a través de la página web en el primer
semestre de cada año y deberá respetar la normativa vigente sobre protección de datos
de carácter personal.
3.- En la memoria anual, así como en los informes, estudios, estadísticas, encuestas o
recogidas de datos que realice el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de
Badajoz, cuando sea posible, deben desagregar por sexos los datos estadísticos y
evaluar el impacto de género de las actuaciones.
CAPÍTULO III
RÉGIMEN DE DISTINCIONES Y HONORES
Artículo 50. Competencia.
El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz, a propuesta de la
Junta Directiva o de sus colegiados, podrá otorgar, previo expediente al efecto,
distinciones y honores de distinta categoría con arreglo a los merecimientos
alcanzados en el orden académico o universitario, económico, social o en el orden
corporativo y profesional, a aquellas Entidades, Instituciones, Asociaciones,
Fundaciones o Corporaciones o Personas que se hicieran acreedoras a los mismos, por
haber realizado una labor relevante y meritoria en relación con la profesión médica.
Artículo 51. Distinciones y Honores.
Se establecen las siguientes categorías:
1. Medalla de Oro del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz,
máximo galardón colegial, sirve para distinguir a aquellas Personas, Instituciones o
Entidades que tengan una especial relevancia en los ámbitos cultural, social o
profesional.
2. Medalla al Mérito Colegial, se otorgará a las personas que hayan desarrollado una
relevante y meritoria labor a favor del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de
Badajoz y un ejercicio profesional ejemplar.
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