Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060434)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022

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f. Información sobre el modo en que las actividades realizadas, en cumplimiento de
las funciones que tienen legalmente encomendadas, redundan en el interés público
conforme a su naturaleza de corporaciones de derecho público.
g. El Código de Deontología Médica, así como los cambios y actualizaciones del
mismo.
2.- La memoria anual deberá hacerse pública a través de la página web en el primer
semestre de cada año y deberá respetar la normativa vigente sobre protección de datos
de carácter personal.
3.- En la memoria anual, así como en los informes, estudios, estadísticas, encuestas o
recogidas de datos que realice el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de
Badajoz, cuando sea posible, deben desagregar por sexos los datos estadísticos y
evaluar el impacto de género de las actuaciones.
CAPÍTULO III
RÉGIMEN DE DISTINCIONES Y HONORES
Artículo 50. Competencia.
El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz, a propuesta de la
Junta Directiva o de sus colegiados, podrá otorgar, previo expediente al efecto,
distinciones y honores de distinta categoría con arreglo a los merecimientos
alcanzados en el orden académico o universitario, económico, social o en el orden
corporativo y profesional, a aquellas Entidades, Instituciones, Asociaciones,
Fundaciones o Corporaciones o Personas que se hicieran acreedoras a los mismos, por
haber realizado una labor relevante y meritoria en relación con la profesión médica.
Artículo 51. Distinciones y Honores.
Se establecen las siguientes categorías:
1. Medalla de Oro del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz,
máximo galardón colegial, sirve para distinguir a aquellas Personas, Instituciones o
Entidades que tengan una especial relevancia en los ámbitos cultural, social o
profesional.

2. Medalla al Mérito Colegial, se otorgará a las personas que hayan desarrollado una
relevante y meritoria labor a favor del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de
Badajoz y un ejercicio profesional ejemplar.

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