Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2022040019)
Decreto 8/2022, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 31
Martes, 15 de febrero de 2022

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Ello ha puesto de manifiesto la necesidad de acometer una reestructuración de la estructura
orgánica de la Consejería, en la Dirección General de Transportes que permita adaptar la
misma, de forma proporcional y eficiente, a la amplitud y diversidad de funciones que tiene atribuidas. Dicha adaptación se materializa en el cambio de denominación de uno de los
puestos de Jefatura de Servicio existentes para adecuarlo a la realidad de las funciones que
asume y desempeña y en la creación de un nuevo órgano administrativo de la categoría de
Jefatura de Servicio.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda y previa deliberación del
Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 9 de febrero de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y
Vivienda.
El punto 3 del artículo 6, queda redactado del siguiente modo:
“3. Para el correcto desarrollo de las funciones encomendadas a la Dirección General de
Transportes, ésta se estructura en los siguientes órganos administrativos:
— Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte.
— Servicio de Gestión de Servicios del Transporte.
— Servicio de Inspección Técnica de Vehículos”.
Disposición adicional primera. Modificación de puestos de trabajo.
El puesto de trabajo número 384 denominado “Jefatura de Servicio de Transportes” que pasa
a denominarse “Jefatura de Servicio de Gestión de Servicios del Transporte”.
Disposición adicional segunda. Modificación de la relación de puestos de trabajo.
Mediante orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda
y Administración Pública se procederá a modificar la correspondiente relación de puestos
de trabajo de personal funcionario a fin de adaptarla al contenido del presente decreto, de
acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.