Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060081)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 13
Jueves, 20 de enero de 2022

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II. El artículo 3 del Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, atribuye a la Dirección
General de Vivienda las competencias en materia de vivienda, con especial incidencia en
programas y prestaciones en materia de vivienda.
III. E
 l Decreto 137/2013, de 30 de julio, por el que se aprueba el Plan de Rehabilitación y
Vivienda de Extremadura 2013-2016 y las bases reguladoras de las subvenciones autonómicas en esta materia –DOE número 149, de 2 de agosto-(modificado por Decreto
16/2014, de 25 de febrero —DOE n.º 41, de 28 de febrero—; Decreto 206/2014, de 2
de septiembre —DOE n.º 174, de 10 de septiembre—; Decreto 47/2015, de 30 de marzo —DOE n.º 63, de 1 de abril—; Decreto 57/2016, de 3 de mayo —DOE n.º 87, de 9
de mayo— y Decreto 1/2017, de 10 de enero –DOE n.º 10, de 16 de enero-), regula el
procedimiento de concesión de las subvenciones de los distintos programas incluidos en
el Plan de Vivienda, los requisitos que deberán reunir los beneficiarios, la documentación
que deben acompañar a su solicitud, la cuantía y el abono de la ayuda pública y las obligaciones que incumben a los beneficiarios. Dicha norma atribuye a la Dirección General
de Vivienda la competencia para la instrucción de los procedimientos de concesión de las
subvenciones, así como los trámites y procedimientos derivados de los mismos (pérdidas
del derecho a la ayuda y reintegro, justificación de la subvención,…).
IV. La Orden de 30 de junio de 2020, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021 (DOE n.º 130, de 7 de julio),
regula el procedimiento de concesión de las subvenciones de los distintos programas incluidos en el Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021, los requisitos y obligaciones de
los beneficiarios, la ayuda pública y la solicitud y la documentación que debe acompañarla.
En virtud de dicha orden, la Dirección General de Vivienda ostenta la competencia para
la instrucción de los procedimientos de concesión de las subvenciones, así como en los
trámites y procedimientos derivados de los mismos.
V. El Real Decreto 106/2018, de 9 marzo, por el que se regula el Plan Estatal de vivienda
2018-2021 (BOE número 61, de 10 de marzo), establece diversos programas de ayudas a
actuaciones protegidas en materia de vivienda para el período cuatrienal que menciona. De
conformidad con lo dispuesto en su artículo 5.2, corresponde a los órganos competentes de
las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión
del abono de las subvenciones, una vez se haya reconocido por dichas Administraciones el
derecho de los beneficiarios a obtenerlas, dentro de las condiciones y límites establecidos
en el Real Decreto para cada programa, y según lo acordado en los correspondientes convenios de colaboración.