Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060081)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 13
Jueves, 20 de enero de 2022
3593
3. A
simismo, las Oficinas Técnicas Comarcales desarrollarán las siguientes actividades de
carácter material o técnico:
a I nformación general al ciudadano, en relación con el resto de los programas de ayudas en
materia de vivienda, gestionados por la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
b Recepción y registro de toda solicitud, escrito, comunicación o documentación que sea
dirigida a la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Movilidad, Transporte y
Vivienda, colaborando en la asistencia a la ciudadanía para la aportación de la documentación exigida en los procedimientos administrativos tramitados por la Dirección General
de Vivienda.
4L
a Diputación Provincial de Badajoz y las Oficinas Técnicas Comarcales de ella dependientes, tendrán la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a
los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Cuarta. Obligaciones de la Diputación Provincial de Badajoz.
1. La Diputación Provincial asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. Remitir a la Dirección General de Vivienda, a través del Servicio de Gestión de Ayudas,
una relación del personal adscrito a la realización de las actividades materiales o técnicas relacionadas en la estipulación tercera.
El personal que la Diputación Provincial asigne directa o indirectamente a la realización
de aquellas tareas no mantendrá ninguna relación administrativa o laboral con la Junta
de Extremadura.
b. S
ometerse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, aportando cuanta información sea requerida en relación con
el objeto del presente convenio.
c. Expedir en las fases de concesión y de justificación, a nombre del jefe del servicio competente de la Diputación Provincial, con carácter previo a la remisión del expediente
a la unidad territorial competente de la Dirección General de Vivienda, el informe que
acredite la comprobación de que los interesados en el procedimiento de concesión de la
ayuda cumplen todos los requisitos de acceso a la misma, conforme a los modelos que
figuran en los Anexos I y II.
2. C
orresponderá a la Diputación Provincial de Badajoz:
Jueves, 20 de enero de 2022
3593
3. A
simismo, las Oficinas Técnicas Comarcales desarrollarán las siguientes actividades de
carácter material o técnico:
a I nformación general al ciudadano, en relación con el resto de los programas de ayudas en
materia de vivienda, gestionados por la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
b Recepción y registro de toda solicitud, escrito, comunicación o documentación que sea
dirigida a la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Movilidad, Transporte y
Vivienda, colaborando en la asistencia a la ciudadanía para la aportación de la documentación exigida en los procedimientos administrativos tramitados por la Dirección General
de Vivienda.
4L
a Diputación Provincial de Badajoz y las Oficinas Técnicas Comarcales de ella dependientes, tendrán la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a
los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Cuarta. Obligaciones de la Diputación Provincial de Badajoz.
1. La Diputación Provincial asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. Remitir a la Dirección General de Vivienda, a través del Servicio de Gestión de Ayudas,
una relación del personal adscrito a la realización de las actividades materiales o técnicas relacionadas en la estipulación tercera.
El personal que la Diputación Provincial asigne directa o indirectamente a la realización
de aquellas tareas no mantendrá ninguna relación administrativa o laboral con la Junta
de Extremadura.
b. S
ometerse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, aportando cuanta información sea requerida en relación con
el objeto del presente convenio.
c. Expedir en las fases de concesión y de justificación, a nombre del jefe del servicio competente de la Diputación Provincial, con carácter previo a la remisión del expediente
a la unidad territorial competente de la Dirección General de Vivienda, el informe que
acredite la comprobación de que los interesados en el procedimiento de concesión de la
ayuda cumplen todos los requisitos de acceso a la misma, conforme a los modelos que
figuran en los Anexos I y II.
2. C
orresponderá a la Diputación Provincial de Badajoz: