Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060068)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es Ayuntamiento de la Roca de la Sierra, en el término municipal de La Roca de la Sierra.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022
3524
• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, escombros y cualquier tipo de residuo
generado por las máquinas, que serán entregados a gestor de residuos autorizado.
En caso de producirse un volumen sobrante de tierras, no estará permitido su vertido
incontrolado, sino que deberán ser entregadas a gestor autorizado.
b) Medidas en la fase operativa
• Cuando los vientos reinantes dirijan el polvo hacia la población o zonas habitadas, no
deberá entrar en funcionamiento la instalación o, en caso de que ya se encuentre en
funcionamiento, se actuará de manera que se minimice o evite la afección por humos
a estas zonas.
• Todas las actividades del proceso productivo serán realizadas sobre solera de hormigón impermeabilizada.
• No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto
riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales
silvestres.
• Los efluentes que se generan en el desarrollo de esta actividad son los siguientes:
–A
guas residuales sanitarias procedentes de aseos y vestuarios.
–R
ecogida de pluviales en áreas de procesos (hormigonadas)
• Las aguas residuales sanitarias serán conducidas a red de saneamiento.
• Las aguas recogidas de pluviales en las áreas hormigonadas serán conducidas una arqueta arenera, conectada a un separador de grasas. Tras esta el efluente será dirigido
a la red de saneamiento municipal previo paso por arqueta de toma de muestras. Los
residuos del separado de hidrocarburos deberán entregarse a un gestor autorizado.
• Las instalaciones se diseñarán, equiparán, construirán y explotarán de modo que
eviten emisiones a la atmósfera que provoquen una contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, los gases de escape serán liberados de modo
controlado y por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los focos de
emisión. La altura de las chimeneas, así como los orificios para la toma de muestras
y plataformas de acceso se determinarán de acuerdo a la Orden del 18 de octubre de
1976, sobre la Prevención y Corrección Industrial de la Atmósfera.
• El incremento de la contaminación de la atmósfera derivado del funcionamiento de la
instalación no supondrá que se sobrepasen los objetivos de calidad del aire establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad
del aire.
Miércoles, 19 de enero de 2022
3524
• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, escombros y cualquier tipo de residuo
generado por las máquinas, que serán entregados a gestor de residuos autorizado.
En caso de producirse un volumen sobrante de tierras, no estará permitido su vertido
incontrolado, sino que deberán ser entregadas a gestor autorizado.
b) Medidas en la fase operativa
• Cuando los vientos reinantes dirijan el polvo hacia la población o zonas habitadas, no
deberá entrar en funcionamiento la instalación o, en caso de que ya se encuentre en
funcionamiento, se actuará de manera que se minimice o evite la afección por humos
a estas zonas.
• Todas las actividades del proceso productivo serán realizadas sobre solera de hormigón impermeabilizada.
• No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto
riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales
silvestres.
• Los efluentes que se generan en el desarrollo de esta actividad son los siguientes:
–A
guas residuales sanitarias procedentes de aseos y vestuarios.
–R
ecogida de pluviales en áreas de procesos (hormigonadas)
• Las aguas residuales sanitarias serán conducidas a red de saneamiento.
• Las aguas recogidas de pluviales en las áreas hormigonadas serán conducidas una arqueta arenera, conectada a un separador de grasas. Tras esta el efluente será dirigido
a la red de saneamiento municipal previo paso por arqueta de toma de muestras. Los
residuos del separado de hidrocarburos deberán entregarse a un gestor autorizado.
• Las instalaciones se diseñarán, equiparán, construirán y explotarán de modo que
eviten emisiones a la atmósfera que provoquen una contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, los gases de escape serán liberados de modo
controlado y por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los focos de
emisión. La altura de las chimeneas, así como los orificios para la toma de muestras
y plataformas de acceso se determinarán de acuerdo a la Orden del 18 de octubre de
1976, sobre la Prevención y Corrección Industrial de la Atmósfera.
• El incremento de la contaminación de la atmósfera derivado del funcionamiento de la
instalación no supondrá que se sobrepasen los objetivos de calidad del aire establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad
del aire.