Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060076)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), para el desarrollo del Proyecto de I+D "Crane" en el ámbito de la prevención de la dependencia y la enfermedad crónica dentro del Programa Europeo Horizonte 2020.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022
3314
Sexta. Gastos justificables.
Los gastos en los que podrá incurrir FUNDESALUD se circunscribirán a la tipología y a las
limitaciones que se describen en el recuadro siguiente, sin perjuicio de las variaciones que
puedan acordarse de conformidad con lo previsto en la cláusula novena:
CONCEPTOS
Personal
Otros costes
directos
Costes
indirectos
DESCRIPCIÓN
TOTAL
Personal necesario para la ejecución de las tareas del proyecto, tanto
propio como de nueva contratación
123.006,71 €
Financiación destinada a cubrir servicios externos necesarios para la
ejecución de las tareas
8.100,00 €
Financiación destinada a cubrir las reuniones plenarias del consorcio y
requerimientos de desplazamiento del programa
4.500,00 €
Gastos de personal, gastos de gestión y administración general de la
entidad
33.901,68 €
TOTAL
169.508,39 €
No obstante, tal y como se indica en la cláusula novena, se permitirán variaciones entre las
partidas de gastos justificables siempre y cuando dichas variaciones aislada o conjuntamente
no afectaren a un importe igual o superior al 30 % del total del importe total del convenio.
Séptima. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
Las Partes firmantes del convenio, en el ejercicio de su titularidad conjunta del resultado de
las actuaciones de investigación desarrolladas en sede del mismo, podrán hacer uso de tales
datos e informaciones y en cualquier momento difundir y publicar los resultados del mismo
sea cual sea el medio que para ello se utilice, siempre que se haga constar las Instituciones
que lo han hecho posible, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la
formación y la investigación de los profesionales de la salud de Extremadura (FUNDESALUD),
así como el nombre de los autores, contando previamente con el consentimiento de la otra
parte. Ello sin perjuicio de la debida observancia de la normativa aplicable en materia de protección de la propiedad intelectual en el ejercicio de las citadas facultades.
Miércoles, 19 de enero de 2022
3314
Sexta. Gastos justificables.
Los gastos en los que podrá incurrir FUNDESALUD se circunscribirán a la tipología y a las
limitaciones que se describen en el recuadro siguiente, sin perjuicio de las variaciones que
puedan acordarse de conformidad con lo previsto en la cláusula novena:
CONCEPTOS
Personal
Otros costes
directos
Costes
indirectos
DESCRIPCIÓN
TOTAL
Personal necesario para la ejecución de las tareas del proyecto, tanto
propio como de nueva contratación
123.006,71 €
Financiación destinada a cubrir servicios externos necesarios para la
ejecución de las tareas
8.100,00 €
Financiación destinada a cubrir las reuniones plenarias del consorcio y
requerimientos de desplazamiento del programa
4.500,00 €
Gastos de personal, gastos de gestión y administración general de la
entidad
33.901,68 €
TOTAL
169.508,39 €
No obstante, tal y como se indica en la cláusula novena, se permitirán variaciones entre las
partidas de gastos justificables siempre y cuando dichas variaciones aislada o conjuntamente
no afectaren a un importe igual o superior al 30 % del total del importe total del convenio.
Séptima. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
Las Partes firmantes del convenio, en el ejercicio de su titularidad conjunta del resultado de
las actuaciones de investigación desarrolladas en sede del mismo, podrán hacer uso de tales
datos e informaciones y en cualquier momento difundir y publicar los resultados del mismo
sea cual sea el medio que para ello se utilice, siempre que se haga constar las Instituciones
que lo han hecho posible, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la
formación y la investigación de los profesionales de la salud de Extremadura (FUNDESALUD),
así como el nombre de los autores, contando previamente con el consentimiento de la otra
parte. Ello sin perjuicio de la debida observancia de la normativa aplicable en materia de protección de la propiedad intelectual en el ejercicio de las citadas facultades.