Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060080)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022

3348

Cuarta. Obligaciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
1. La Diputación Provincial asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. Remitir a la Dirección General de Vivienda una relación de las oficinas y del personal que
la Diputación Provincial adscriba a la realización de las actividades materiales o técnicas
relacionadas en la estipulación tercera.
El personal que la Diputación Provincial asigne directa o indirectamente a la realización
de aquellas tareas no mantendrá ninguna relación administrativa o laboral con la Junta
de Extremadura.
b. Someterse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, aportando cuanta información sea requerida en relación con
el objeto del presente convenio.
c. Expedir en las fases de concesión y de justificación, a nombre del responsable que determine la Diputación Provincial, con carácter previo a la remisión del expediente a la
unidad territorial competente de la Dirección General de Vivienda, el informe que acredite la comprobación de que los interesados en el procedimiento de concesión de la ayuda
cumplen todos los requisitos de acceso a la misma, conforme a los modelos que figuran
en los Anexos I y II.
2. C
 orresponderá a la Diputación Provincial de Cáceres:
a. Formular propuestas y sugerencias, así como elevar consultas a la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, sometiéndose a los criterios interpretativos y de coordinación adoptados por ésta.
b. Colaborar con la Consejería para el más adecuado impulso y coordinación de los procedimientos de concesión de ayudas referidos en el apartado 1 de la estipulación tercera,
posibilitando que las tareas desarrolladas y los procedimientos tramitados por las Oficinas Técnicas Comarcales puedan ser supervisados de por parte de los órganos, organismos y unidades administrativas competentes en materia de control de las subvenciones
afectadas. De manera especial, colaborará estrechamente con la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda en cuantas actuaciones de inspección y de supervisión lleve
a cabo ésta, y velará por el cumplimiento y respeto de los plazos de gestión señalados
en la letra d) del apartado 2 de la estipulación tercera.
c. Facilitar a la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda la información estadística y
los informes de actividad, cuantitativos y cualitativos, que sean precisos en relación con
las actividades señaladas en la estipulación tercera.