Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022060042)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022

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artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Solicitudes, plazo y forma de presentación. Documentación adjunta.
Subsanación.
1. Se presentará una solicitud de ayuda por cada contratación realizada, excepto cuando haya
más de una contratación y tengan la misma fecha de inicio, en cuyo caso, se podrán acumular todas las contrataciones en una misma solicitud.
2. El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solicitudes
será de un año a contar desde el día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la resolución de convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo previsto
en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Durante el plazo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar
las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de
la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.
La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido, dará lugar a la inadmisión
de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Las solicitudes de las subvenciones se presentarán en el modelo normalizado conforme al
anexo I “Solicitud de subvención” y se cumplimentarán preferentemente utilizando la herramienta informática habilitada al efecto en la web www.extremaduratrabaja.juntaex.es y
según las instrucciones establecidas en la misma. Una vez cumplimentada la solicitud, la
misma procederá a ser firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad. Para que la solicitud tenga plenos efectos jurídicos, deberá registrarse en los términos
y lugares determinados en el apartado siguiente.
5. Para personas físicas, la solicitud en modelo normalizado y acompañada de la documentación establecida en el apartado siguiente podrá presentarse ante cualquiera de las oficinas
integradas en el Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido en el
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el
apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o a través del Registro Electrónico General
ubicado en la sede electrónica https://sede.gobex.es/SEDE/ , dirigiéndose a la Consejería
con competencias en materia de empleo