Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022060042)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 11

3257

Martes, 18 de enero de 2022

Por tanto, con arreglo a lo estipulado en el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, se procede al dictado de la presente resolución por la que se realiza la convocatoria pública de las
ayudas previstas en el artículo 2 de dicho decreto, en concreto el Programa I “Subvenciones
para la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas
ordinarias o la incorporación de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de
Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales”, Programa III “Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos celebrados
con personas con discapacidad” y Programa IV: ”Subvenciones para la contratación temporal
de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias”, fijando el importe de
créditos presupuestarios a los que se imputan las citadas subvenciones.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son
conferidas y habiendo sido autorizada esta convocatoria por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2
y 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
RESUELVO
Primero. Objeto.
Por medio de la presente resolución se aprueba la convocatoria, mediante tramitación anticipada, correspondiente al ejercicio 2022 de los incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo reguladas por el Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, por el que se regulan los incentivos destinados a favorecer
la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario (DOE núm. 233, de 5
de diciembre), a través de los siguientes programas:
— Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de las mismas como personas
socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.
— Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en
indefinidos celebrados con personas con discapacidad.
— Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias.
Segundo. Beneficiarias.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 192/2016, de 29 de noviembre,
podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, los/las profesionales colegiados/as y em-