Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Abogacía General. (2022040003)
Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022
3101
audiencia e información pública previstos en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, incluyendo un
trámite específico de audiencia a las organizaciones sindicales más representativas (CC.OO,
UGT y CSIF), a los Ilustre Colegios Profesionales de Abogados de Cáceres y de Badajoz y a la
Asociación Profesional de Letrados de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Igualmente,
se ha dado traslado del texto del proyecto de decreto a todos los trabajadores adscritos a la
Abogacía General de la Junta de Extremadura, y ha sido sometido a negociación en el seno de
la Mesa Sectorial de Administración General.
Por último, en relación con el principio de eficiencia, este decreto no impone cargas administrativas nuevas.
Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconocen los
artículos 9.1.1 (competencia exclusiva en materia de organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones, así como la organización de su propia Administración) y 10.1.1
(competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de régimen jurídico de sus
Administraciones Públicas, de la contratación del sector público y del régimen estatutario de
los empleados públicos) del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y en uso de la facultad
atribuida por la disposición final primera de la Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a propuesta de la titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda
y Administración Pública, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 12 de enero de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de la
Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura.
Se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la
Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura,
cuyo texto se inserta al final de este decreto.
Disposición adicional primera. Componente singular del complemento específico de
las Jefaturas de Área.
Se mantiene el componente singular, por una cuantía fija anual, adicionado al complemento
específico de los puestos de trabajo de libre designación, destinado a retribuir la especial
complejidad técnica de las funciones que se les asignan a las Jefaturas de Área de la Abogacía
General, previsto en la disposición adicional segunda del Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Abogacía General
Martes, 18 de enero de 2022
3101
audiencia e información pública previstos en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, incluyendo un
trámite específico de audiencia a las organizaciones sindicales más representativas (CC.OO,
UGT y CSIF), a los Ilustre Colegios Profesionales de Abogados de Cáceres y de Badajoz y a la
Asociación Profesional de Letrados de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Igualmente,
se ha dado traslado del texto del proyecto de decreto a todos los trabajadores adscritos a la
Abogacía General de la Junta de Extremadura, y ha sido sometido a negociación en el seno de
la Mesa Sectorial de Administración General.
Por último, en relación con el principio de eficiencia, este decreto no impone cargas administrativas nuevas.
Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconocen los
artículos 9.1.1 (competencia exclusiva en materia de organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones, así como la organización de su propia Administración) y 10.1.1
(competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de régimen jurídico de sus
Administraciones Públicas, de la contratación del sector público y del régimen estatutario de
los empleados públicos) del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y en uso de la facultad
atribuida por la disposición final primera de la Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a propuesta de la titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda
y Administración Pública, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 12 de enero de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de la
Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura.
Se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la
Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura,
cuyo texto se inserta al final de este decreto.
Disposición adicional primera. Componente singular del complemento específico de
las Jefaturas de Área.
Se mantiene el componente singular, por una cuantía fija anual, adicionado al complemento
específico de los puestos de trabajo de libre designación, destinado a retribuir la especial
complejidad técnica de las funciones que se les asignan a las Jefaturas de Área de la Abogacía
General, previsto en la disposición adicional segunda del Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Abogacía General