Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Abogacía General. (2022040003)
Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022

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Habida cuenta el breve plazo que la ley impone para su aprobación, y sin menoscabo del
debido y riguroso respeto al principio de participación social que el ordenamiento jurídico
contempla para toda actuación normativa, se ha tramitado el procedimiento de elaboración
normativa con la requerida urgencia a efectos de cumplir con ese mandato legal.
Así, se elaboraron con prontitud el proyecto de Decreto y los documentos preceptivos; se
recabaron los informes precisos y se cumplimentaron escrupulosamente los trámites de participación ciudadana, audiencia e información pública, dándose incluso traslado del texto a los
Colegios de Abogados de Badajoz y Cáceres, a las organizaciones sindicales U.G.T. Extremadura, CC.OO. Extremadura y C.S.I.F. Extremadura y a la Asociación Profesional de Letrados
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a todos los trabajadores adscritos a
la Abogacía General de la Junta de Extremadura; y se sometió asimismo a negociación en
el seno de la Mesa Sectorial de Administración General, incorporándose al texto buena parte
de las aportaciones recibidas. Finalmente, se recabó el dictamen de la Comisión Jurídica de
Extremadura.
Debido al elevado número de trámites que ha sido preciso efectuar, que son garantía de
acierto de la norma, no ha sido posible, por muy poco, aprobar el decreto dentro del plazo de
seis meses que establecía la Ley de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio, sin
que este mínimo exceso temporal tenga mayor trascendencia ni consecuencia jurídica alguna
sobre la normativa que finalmente se aprueba.
Es, pues, objeto del presente decreto, la aprobación del necesario desarrollo reglamentario de
los diversos extremos de la Ley de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la
administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura que lo precisan, a través de la aprobación de un nuevo Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de
la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura.
Conforme a las reglas usuales de técnica normativa, el decreto cuenta con un artículo único, que
aprueba el Reglamento en cuestión que se adjunta al final de la norma, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
Las disposiciones adicionales primera y segunda se dedican a recoger cuestiones retributivas
relativas a las Jefaturas de Área de la Abogacía General y a los miembros de la Comisión
Jurídica de Extremadura, en el mismo sentido que ya figuraban en la disposición adicional
segunda del Decreto 99/2009, de 8 de mayo, y en el artículo 51 del Reglamento anterior,
incorporando como única novedad el régimen de indemnizaciones, mencionadas en la disposición adicional primera de la Ley 2/2021, a la nueva secretaría-letrada de la Comisión por
asistencias, estableciéndolas por referencia a las previstas para las ponencias de la Junta
Económico-administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.