Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2022060026)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas para la mejora de las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, para el año 2022.
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NÚMERO 10
Lunes, 17 de enero de 2022

2912

Sexto. Solicitudes y plazos de presentación.
Las solicitudes se formalizarán conforme al impreso normalizado que se recoge en el
Anexo I y se cumplimentará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
https://ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites/-/tramite/ficha/33800.
1. C
 ada interesado sólo podrá presentar una solicitud por convocatoria.
2. L
 a presentación de solicitudes se hará en los lugares previstos en el artículo 7 del vigente
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los lugares establecidos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
3. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura.
4. D
 e conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud o la documentación preceptiva no reúne los requisitos exigidos, el órgano instructor requerirá al
interesado para en un plazo improrrogable de diez días, subsane la falta y/o presente la
documentación correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido, previa
resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma.
Séptimo. Documentación.
1. L
 as solicitudes irán acompañadas de la documentación que se detalla a continuación:
a. Proyecto o Memoria técnica original firmado por técnico competente, con el siguiente
contenido:


— Finalidad para la que se ejecuta la mejora.



— Descripción detallada de la inversión objeto de ayuda incluyendo estado previo, y
acciones a acometer.



— Mediciones y coste por unidades de obra.