Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2021063863)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 10
Lunes, 17 de enero de 2022

2968

Octavo. Órgano instructor y de ordenación.
El órgano encargado de la instrucción y de ordenación del procedimiento será el Servicio de
Comercio Interior de la Secretaría General de Economía y Comercio.
Noveno. Comisión de Valoración.
1. L
 as solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión de Valoración constituida al
efecto cuyo informe tendrá carácter vinculante. Dicha Comisión estará integrada por cuatro miembros, nombrados por el Secretario General de Economía y Comercio: un Jefe de
Servicio, que actuará como presidente, dos técnicos del Servicio de Comercio Interior, y un
funcionario de la especialidad jurídica que realizará las funciones de Secretario, todos ellos
con voz y voto. La composición de la Comisión de Valoración se hará pública en el tablón
de anuncios de la Secretaría General de Economía y Comercio, una vez finalizado el plazo
de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
2. S
 e levantará Acta de la Comisión de Valoración por parte del Secretario, en la que se recogerá el resultado de la misma, y será firmada por éste con el visto bueno del Presidente
de la Comisión.
Décimo. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
1. P
 ara la concesión de las ayudas se valorarán los aspectos que se detallan a continuación,
de acuerdo con la siguiente baremación:
a) Número de establecimientos actuales, ya sean propios o franquiciados (puntuación
máxima 35 puntos).
Se otorgará la siguiente puntuación en función del número de establecimientos (propios
y franquiciados) que tenga la franquicia en el momento de publicación de la presente
convocatoria, según se haga constar en el anexo I:


• De 4 a 5 establecimientos: 10 puntos.



• De 6 a 7 establecimientos: 17 puntos.



• De 8 a 10 establecimientos: 25 puntos.



• Más de 10 establecimientos: 35 puntos.

b) Incremento del número de franquiciados en los últimos 2 años (puntuación máxima 20
puntos).