Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060049)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de urbanización de la 2.ª fase del Sector SUB-CC-9.2.4 Palomas, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/0787.
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NÚMERO 10
Lunes, 17 de enero de 2022

3052

15. La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, establece la siguiente medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico con
carácter previo a la ejecución de las obras:


— Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas por
este proyecto, con el fin de evaluar si existen posibles afecciones a yacimientos
arqueológicos o elementos etnográficos no detectados.



— Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico
preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en
función del ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos
confirmaran la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados
por las actuaciones derivadas del proyecto de referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera aproximación cronocultural de los restos localizados y
se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie.



— Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede, visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el
preceptivo documento de viabilidad arqueológica con indicación de los criterios
técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por el promotor para el correcto
desarrollo de la actividad propuesta.

D.2. Medidas en fase de construcción.
1. L
 os movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles, disponiendo de medidas
necesarias para evitar los procesos erosivos en taludes o explanaciones.
2. E
 n las zonas de actuación cercanas a cauces se deberán extremar las precauciones para
minimizar la afección a los mismos, respetando las capacidades hidráulicas y calidades
hídricas de los cursos de agua, así como la vegetación y fauna asociada a estos.
3. S
 e deberán tomar las medidas necesarias para evitar el posible impacto sobre la hidrología procedente de la remoción de los materiales durante la fase de construcción, ya
que se podría producir un incremento del aporte de sólidos a los cauces por arrastre
pluvial.
4. E
 l mantenimiento de la maquinaria empleada en la fase de construcción se realizará
en las zonas habilitadas para tal fin o en talleres fuera de la zona de obra (cambios de
aceite, filtros, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales al medio. Los aceites