Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060049)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de urbanización de la 2.ª fase del Sector SUB-CC-9.2.4 Palomas, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/0787.
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NÚMERO 10
Lunes, 17 de enero de 2022
3046
El promotor incluye el apartado “Vulnerabilidad del Proyecto ante riesgos de accidentes
graves o catástrofes” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipulado
en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental. Evalúa los diferentes riesgos sobre los diferentes
factores para las tres fases del proyecto (ejecución, explotación y desmantelamiento).
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior entiende que el documento denominado “Vulnerabilidad del Proyecto” del mencionado expediente, realiza
una descripción suficiente de los efectos adversos significativos ante el riesgo de accidentes graves y catástrofes relevantes, aporta una evaluación de riesgos y la cuantificación de sus efectos sobre los factores enumerados en el artículo 35 de la Ley 9/2018
y describe las medidas aportadas y previstas para prevenir y mitigar el efecto adverso
significativo sobre aquellos riesgos que considera relevantes. De dicho análisis, y de las
respuestas de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas, se concluye:
• Sustancias peligrosas y sustancias radiactivas. El proyecto no contempla en las fases
de ejecución y desmantelamiento la presencia de alguna de las sustancias incluidas
en el Anexo 1 (Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban
medidas de control de los riegos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas), y que en la fase de explotación el proyecto contempla
la presencia de gas natural, pero que no le será de aplicación el citado Real Decreto al
no suponer las cantidades umbrales recogidas en el mismo (teniendo en cuenta que
las cantidades son las máximas que pueden estar presentes en un momento dado)
ni superar la unidad al aplicar la regla de la suma contemplada en el Anexo 1 del Real
Decreto. Asimismo, se incluye anexo firmado, relativo a lo indicado al respecto, así
como, información sobre la sustancia presente en la fase de explotación.
A
demás, se incluye certificado de no aplicación el Real Decreto 1836/1999, de 3
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares
y Radioactivas, ya que, durante las fases de ejecución, explotación y desmantelamiento, no se contempla la presencia de sustancias radiactivas.
• Vertidos contaminantes. El riesgo lo clasifica como bajo en todas las fases. En
ellas, no se prevé la utilización de sustancias peligrosas contaminantes. El sector
tiene uso global residencial.
• Emisiones de gases tóxicos. El riesgo lo clasifica como bajo en todas las fases. No
se prevé la generación de gases tóxicos en la ejecución de la obra. Los gases generados, principalmente provendrán de la maquinaria utilizada y del tráfico rodado.
Asimismo, en la fase de explotación, además de los gases generados indicados,
Lunes, 17 de enero de 2022
3046
El promotor incluye el apartado “Vulnerabilidad del Proyecto ante riesgos de accidentes
graves o catástrofes” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipulado
en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental. Evalúa los diferentes riesgos sobre los diferentes
factores para las tres fases del proyecto (ejecución, explotación y desmantelamiento).
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior entiende que el documento denominado “Vulnerabilidad del Proyecto” del mencionado expediente, realiza
una descripción suficiente de los efectos adversos significativos ante el riesgo de accidentes graves y catástrofes relevantes, aporta una evaluación de riesgos y la cuantificación de sus efectos sobre los factores enumerados en el artículo 35 de la Ley 9/2018
y describe las medidas aportadas y previstas para prevenir y mitigar el efecto adverso
significativo sobre aquellos riesgos que considera relevantes. De dicho análisis, y de las
respuestas de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas, se concluye:
• Sustancias peligrosas y sustancias radiactivas. El proyecto no contempla en las fases
de ejecución y desmantelamiento la presencia de alguna de las sustancias incluidas
en el Anexo 1 (Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban
medidas de control de los riegos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas), y que en la fase de explotación el proyecto contempla
la presencia de gas natural, pero que no le será de aplicación el citado Real Decreto al
no suponer las cantidades umbrales recogidas en el mismo (teniendo en cuenta que
las cantidades son las máximas que pueden estar presentes en un momento dado)
ni superar la unidad al aplicar la regla de la suma contemplada en el Anexo 1 del Real
Decreto. Asimismo, se incluye anexo firmado, relativo a lo indicado al respecto, así
como, información sobre la sustancia presente en la fase de explotación.
A
demás, se incluye certificado de no aplicación el Real Decreto 1836/1999, de 3
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares
y Radioactivas, ya que, durante las fases de ejecución, explotación y desmantelamiento, no se contempla la presencia de sustancias radiactivas.
• Vertidos contaminantes. El riesgo lo clasifica como bajo en todas las fases. En
ellas, no se prevé la utilización de sustancias peligrosas contaminantes. El sector
tiene uso global residencial.
• Emisiones de gases tóxicos. El riesgo lo clasifica como bajo en todas las fases. No
se prevé la generación de gases tóxicos en la ejecución de la obra. Los gases generados, principalmente provendrán de la maquinaria utilizada y del tráfico rodado.
Asimismo, en la fase de explotación, además de los gases generados indicados,