Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060021)
Resolución de 5 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de una concesión de aguas superficiales del arroyo Lebosilla, consistente en la realización de un nuevo punto de toma en el embalse de Alcollarín y en la ampliación de la superficie regable en 262,6136 hectáreas, totalizando 317,4966 hectáreas", en el término municipal de Zorita (Cáceres). Expte.: IA19/1598.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022
2815
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves menores al 10%, los movimientos de tierra no se espera que supongan un incremento del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, los cuales se verán además
mitigados mediante el cumplimiento de las medidas establecidas a este respecto en la
presente declaración de impacto ambiental.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, indicar que los cultivos de higuera
siguen los protocolos de producción de agricultura ecológica y en el resto de cultivos
(frutales y almendros) se aplicarán las indicaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como la normativa existente referente a la aplicación de productos
fitosanitarios y control de la contaminación por nitratos.
C.2.4 Fauna.
En el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas (CN21/7031) se relacionan los siguientes valores ambientales faunísticos
reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:
— Área de campeo de comunidad de rapaces forestales ligadas al hábitat de dehesa
(6310) circundante como: milano negro, águila calzada, busardo ratonero, cernícalo
vulgar, búho chico, etc., todas ellas incluidas en el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas de Extremadura (CREAE).
— Área de campeo de cernícalo primilla, especie catalogada como “Sensible a la alteración de su hábitat” en el CREAE.
— Comunidad de paseriformes ligadas a los pastizales y arroyos circundantes, con especies incluidas en el CREAE.
— Presencia de aves esteparias catalogadas como “De interés especial” en el CREAE. Es
probable que también la zona de actuación sea utilizada por especies esteparias en
peligro de extinción (sisón) o sensibles a la alteración de su hábitat, como aguilucho
cenizo o avutardas, dada su cercanía a la ZEPA “Llanos de Zorita y Embalse de Sierra
Brava”, en una zona con hábitat de pastizales naturales y seminaturales (Cód. UE:
6220*).
Para mitigar la afección sobre las especies silvestres en el área de actuación, el promotor ha excluido de la transformación a regadío las zonas de influencia de los arroyos
Viernes, 14 de enero de 2022
2815
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves menores al 10%, los movimientos de tierra no se espera que supongan un incremento del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, los cuales se verán además
mitigados mediante el cumplimiento de las medidas establecidas a este respecto en la
presente declaración de impacto ambiental.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, indicar que los cultivos de higuera
siguen los protocolos de producción de agricultura ecológica y en el resto de cultivos
(frutales y almendros) se aplicarán las indicaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como la normativa existente referente a la aplicación de productos
fitosanitarios y control de la contaminación por nitratos.
C.2.4 Fauna.
En el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas (CN21/7031) se relacionan los siguientes valores ambientales faunísticos
reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:
— Área de campeo de comunidad de rapaces forestales ligadas al hábitat de dehesa
(6310) circundante como: milano negro, águila calzada, busardo ratonero, cernícalo
vulgar, búho chico, etc., todas ellas incluidas en el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas de Extremadura (CREAE).
— Área de campeo de cernícalo primilla, especie catalogada como “Sensible a la alteración de su hábitat” en el CREAE.
— Comunidad de paseriformes ligadas a los pastizales y arroyos circundantes, con especies incluidas en el CREAE.
— Presencia de aves esteparias catalogadas como “De interés especial” en el CREAE. Es
probable que también la zona de actuación sea utilizada por especies esteparias en
peligro de extinción (sisón) o sensibles a la alteración de su hábitat, como aguilucho
cenizo o avutardas, dada su cercanía a la ZEPA “Llanos de Zorita y Embalse de Sierra
Brava”, en una zona con hábitat de pastizales naturales y seminaturales (Cód. UE:
6220*).
Para mitigar la afección sobre las especies silvestres en el área de actuación, el promotor ha excluido de la transformación a regadío las zonas de influencia de los arroyos