Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060021)
Resolución de 5 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de una concesión de aguas superficiales del arroyo Lebosilla, consistente en la realización de un nuevo punto de toma en el embalse de Alcollarín y en la ampliación de la superficie regable en 262,6136 hectáreas, totalizando 317,4966 hectáreas", en el término municipal de Zorita (Cáceres). Expte.: IA19/1598.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022
2814
de impacto ambiental favorable formulada por la anterior Dirección General de Medio
Ambiente mediante Resolución de 29 de septiembre de 2011, por la que se formula
declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de “Concesión de aguas con destino
a riego de 98 ha en la Dehesa Boyal de Zorita” y publicada en el DOE n.º 204, de 24 de
octubre de 2011.
Por otro lado, consta en la Confederación Hidrográfica del Guadiana que, la superficie
de ampliación de riego del presente proyecto forma parte de la solicitud de modificación
de características de la citada concesión de aguas superficiales (CON. 17/11), el cual se
encuentra en tramitación en ese Organismo, estando, en cualquier caso, a lo dispuesto
en la Resolución de la solicitud de modificación de características de la concesión citada.
Por otro lado, al respecto de la existencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer la demanda de agua solicitada por parte del promotor, el informe emitido por parte
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana establece que, el proyecto se considera
compatible con el plan hidrológico, indicándose no obstante que no debe condicionarse
la explotación del Embalse de Alcollarín por la cota de la nueva toma de la solicitud. En
este sentido, se deberá informar por el Servicio de Explotación de la Dirección Técnica
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de las condiciones que tendrá que respetar esa infraestructura para no condicionar la explotación indicada.
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Para contrarrestar este posible efecto, todos los retornos de
riego deberán cumplir, antes de su incorporación a acuíferos o cauces, las normas de
calidad ambiental y normativa asociada al medio receptor.
C.2.3 Geología y suelo.
Los impactos identificados como más relevantes son los debidos a los movimientos
de tierra necesarios para la preparación del terreno, establecimiento de los cultivos
(nivelación, laboreos, etc.) e instalación de las infraestructuras necesarias del sistema
de riego. También se identifican los posibles impactos como consecuencia de vertidos
accidentales de la maquinaria, compactación por el tránsito de vehículos y maquinaria
y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones en los nuevos cultivos.
Viernes, 14 de enero de 2022
2814
de impacto ambiental favorable formulada por la anterior Dirección General de Medio
Ambiente mediante Resolución de 29 de septiembre de 2011, por la que se formula
declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de “Concesión de aguas con destino
a riego de 98 ha en la Dehesa Boyal de Zorita” y publicada en el DOE n.º 204, de 24 de
octubre de 2011.
Por otro lado, consta en la Confederación Hidrográfica del Guadiana que, la superficie
de ampliación de riego del presente proyecto forma parte de la solicitud de modificación
de características de la citada concesión de aguas superficiales (CON. 17/11), el cual se
encuentra en tramitación en ese Organismo, estando, en cualquier caso, a lo dispuesto
en la Resolución de la solicitud de modificación de características de la concesión citada.
Por otro lado, al respecto de la existencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer la demanda de agua solicitada por parte del promotor, el informe emitido por parte
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana establece que, el proyecto se considera
compatible con el plan hidrológico, indicándose no obstante que no debe condicionarse
la explotación del Embalse de Alcollarín por la cota de la nueva toma de la solicitud. En
este sentido, se deberá informar por el Servicio de Explotación de la Dirección Técnica
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de las condiciones que tendrá que respetar esa infraestructura para no condicionar la explotación indicada.
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Para contrarrestar este posible efecto, todos los retornos de
riego deberán cumplir, antes de su incorporación a acuíferos o cauces, las normas de
calidad ambiental y normativa asociada al medio receptor.
C.2.3 Geología y suelo.
Los impactos identificados como más relevantes son los debidos a los movimientos
de tierra necesarios para la preparación del terreno, establecimiento de los cultivos
(nivelación, laboreos, etc.) e instalación de las infraestructuras necesarias del sistema
de riego. También se identifican los posibles impactos como consecuencia de vertidos
accidentales de la maquinaria, compactación por el tránsito de vehículos y maquinaria
y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones en los nuevos cultivos.